INSTALACIONES FRIGORÍFICAS

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Resolución de 28 de octubre de 2022, de la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se amplía la relación de refrigerantes autorizados por el Reglamento de Seguridad para Instalaciones Frigoríficas.

El texto de estos Documentos, con los que puedan modificar o acompañar, se han incorporado a los contenidos ya existentes en el siguiente TÍTULO publicado y a su disposición:                                                         >

BOE de 8 de noviembre de 2022

TEXTO ORIGINAL

El apartado 4 de la Instrucción IF-02. Clasificación de refrigerantes, aprobada por el Real Decreto 552/2019, de 27 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias, habilita al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo para autorizar, a petición de parte interesada, la utilización de otros refrigerantes y mezclas, no incluidos en el apéndice 1, previa determinación de cuantas características de prueba y uso sean precisas según lo requerido en las prescripciones establecidas en el Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias que lo desarrollan.

La Asociación del Frio y sus Tecnologías ha solicitado la ampliación de la relación de refrigerantes autorizados por el Reglamento de seguridad de instalaciones frigoríficas, con la inclusión del refrigerante con denominación comercial R-515B. Con la solicitud se ha aportado la acreditación del producto mediante las tablas de propiedades termodinámicas, químicas y físicas, las fichas de datos de seguridad y certificado del productor del refrigerante.

El refrigerante RS-515B propuesto, es una mezcla azeotrópica, binaria, compuesta por un 91,1 % del HFO: Trans-1,3,3,3-Tetrafluor prop-1-eno (R-1234ze) y un 8,9 % del HFO: 1,1,1,2,3,3,3-heptafluorpropano (R-227ea). Dicho producto pertenece al grupo de máxima seguridad (L1) según el Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas.

Vista la documentación presentada por el solicitante,

Esta Dirección General resuelve:

Primero.

Ampliar la relación de refrigerantes autorizados por el Reglamento de instalaciones frigoríficas, que figuran en el apéndice 1, tabla A, de la instrucción IF-02, con la inclusión del refrigerante R-515B, conforme se indica a continuación:

Clasificación N.º de refrigerante

(2)

Denominación (composición / % peso) Fórmula Masa molecular

kg/mol

Densidad de vapor 25 °C 101,3 kPa

kg/m3

Límite práctico

kg/m3

Punto de ebullición a 101,3 kPa

°C

ATEL/ODL

kg/m3

Inflamabilidad Potencial de calentamiento atmosférico

PCA100

Potencial agotamiento de la capa de ozono

PAO

Clasificación según REP
Grupo L Clase de seguridad Temp. autoignición

°C

Límite inferior de inflamabilidad

kg/m2

1 A1/A1 R-515B R-1234ze / R227ea

(91,1 / 8,9)

CF3CF=CHF / CF3CHFCF3 117,48 4,918 0,29 –18.92 0,29 NF NF 293 0 2

Segundo.

La presente resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Tercero.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada [1] ante la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana empresa, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

[1] Nota: Para interponer recurso de alzada deberá acceder al siguiente enlace:

https://sede.minetur.gob.es/es-es/procedimientoselectronicos/Paginas/detalle-procedimientos.aspx?IdProcedimiento=157;

Madrid, 28 de octubre de 2022.–El Director General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, Galo Gutiérrez Monzonís.