CAPACIDAD DE ACCESO A RED DE MODULOS DE GENERACION ELECTRICA

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Orden TED/345/2024, de 9 de abril, por la que se regula el procedimiento y requisitos aplicables para la concesión de capacidad de acceso de evacuación a la red de transporte de energía eléctrica para módulos de generación de electricidad síncronos de procedencia renovable e instalaciones de almacenamiento síncrono en los nudos de transición justa Garoña 220 kV, Guardo 220 kV, Lada 400 kV, Mudéjar 400 kV y Robla 400 kV.

ANALISIS:

CAPACIDAD DE ACCESO A RED DE MODULOS DE GENERACION ELECTRICA

 

ANEXO I: Relación de municipios que figuran en los Protocolos de Generales de actuación acordados entre el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, las consejerías correspondientes de las comunidades autónomas y la Federación Española de Municipios y Provincias, para el diseño de los Convenios de Transición Justa

 

ANEXO II: Declaración responsable de cumplimiento de los requisitos de capacidad establecidos en el artículo 5 de la Orden TED/345/2024, de 9 de abril, por la que se regula el procedimiento y requisitos aplicables para la concesión de capacidad de acceso de evacuación a la red de transporte de energía eléctrica de módulos de generación de electricidad síncronos de procedencia renovable o instalaciones de almacenamiento síncrono en los nudos de transición justa Garoña 220 kV, Guardo 220 kV, Lada 400 kV, Mudéjar 400 kV y Robla 400 Kv

 

ANEXO III: Formulario para la descripción de actuaciones de desarrollo socioeconómico y compromisos asociados

TEXTO ORIGINAL

El texto de estos Documentos, con los que puedan modificar o acompañar, se han incorporado a los contenidos ya existentes en el siguiente TÍTULO publicado y a su disposición:                                                                        >