CATALOGO DE MEDIDAS DE EFICIENCIA ENERGETICA

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Orden TED/845/2023, de 18 de julio, por la que se aprueba el catálogo de medidas estandarizadas de eficiencia energética.

ANALISIS:

CATÁLOGO DE MEDIDAS ESTANDARIZADAS DE EFICIENCIA ENERGÉTICA

EL Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia Energética (en adelante, SNOEE), cuyos sujetos obligados son las empresas comercializadoras de gas y electricidad, los operadores de productos petrolíferos al por mayor y los operadores de gases licuados del petróleo al por mayor.

La  ley habilita al Gobierno para regular un sistema de acreditación de ahorros de energía final, mediante la emisión de Certificados de Ahorro Energético (en adelante, CAE) que, una vez en marcha, permita a los sujetos obligados dar cumplimiento parcial o totalmente a sus obligaciones de ahorro energético al menor coste posible, mediante la realización o promoción, directa o indirecta, de actuaciones de eficiencia energética en diversos sectores como la edificación, el transporte, la industria o los servicios.

La regulación básica del Sistema de CAE se recoge en el Real Decreto 36/2023, de 24 de enero, por el que se establece un sistema de Certificados de Ahorro Energético. Dicho Sistema de CAE ofrece una alternativa a los sujetos obligados del SNOEE para poder cumplir con parte de sus obligaciones anuales de ahorro de energía final mediante la liquidación de CAE, frente a la única vía existente hasta la fecha de realizar aportaciones económicas al Fondo Nacional de Eficiencia Energética. El Sistema de CAE aspira además a la promoción en todo el territorio nacional de una economía que utilice más eficazmente los recursos energéticos, y que por consiguiente sea más competitiva.

Aprobación del catálogo de medidas estandarizadas de eficiencia energética.

Contenido de las fichas técnicas del catálogo.

a) La identificación de la ficha, que incluirá un código único y una denominación.

b) La descripción tanto del ámbito de aplicación como de los requisitos, si los hubiere, que habilitan a los responsables de una actuación de eficiencia energética a utilizar la    ficha para el cálculo de la cantidad de energía ahorrada que pueda certificarse mediante CAE.

c) El mecanismo lógico y objetivo para calcular y cuantificar los ahorros energéticos obtenidos como resultado de la actuación correspondiente a la ficha.

d) El listado de documentación mínima necesaria para poder solicitar la verificación de los ahorros de energía.

En el caso en el que se considere necesario para la correcta aplicación de su contenido, cada ficha técnica puede ir acompañada de uno o varios anexos en los que se detalle cómo debe interpretarse la información contenida en la misma para el cálculo correcto de los ahorros de energía y para el adecuado cumplimiento de los requisitos exigidos.

Las fichas incluirán los mecanismos necesarios para obtener la información pertinente sobre ayudas públicas solicitadas o recibidas para la misma actuación de eficiencia energética.

Revisión del catálogo de medidas estandarizadas de eficiencia energética.

Solapamiento entre medidas estandarizadas de eficiencia energética.

Coeficientes de corrección.

ANEXO I:

Catálogo de fichas técnicas de medidas estandarizadas de eficiencia energética

Declaraciones responsables formalizadas por el propietario del ahorro referida a la solicitud y/o obtención de ayudas y/o subvenciones públicas para la misma actuación de ahorro de energía

ANEXO II, III, IV, V, VI:

Detalles para la interpretación del contenido de las Fichas técnicas para facilitar el cálculo correcto de los ahorros de energía y el cumplimiento de los requisitos exigidos

Informe justificativo de la instalación objeto de mejora del aislamiento térmico por declaración responsable previo al inicio de la ejecución

Certificado de la correcta realización de la ejecución de la mejora por declaración responsable

Pérdidas térmicas objetivo de acuerdo con UNE 92330:2018

Pérdidas térmicas para escenario base de pérdidas de 200 W/m o W/m2

Tablas

Nota informativa acerca de la sustitución de refrigerantes en equipos de climatización por otros diferentes del original

Valores de referencia de la fórmula

Fórmulas para realizar la conversión entre rendimiento estacional en calefacción (SCOP) o en ACS (SCOPDHW)

Demanda anual de energía para ACS

Tiempo anual de funcionamiento del sistema de iluminación según actividad

Cálculo del rendimiento estacional de equipos existentes en calefacción

Equivalencias climas CTE, zonas climáticas europeas y horas de funcionamiento

Fórmulas para realizar la conversión entre rendimiento estacional en calefacción (SCOP) y en refrigeración (SEER)

Documentación técnica

TEXTO ORIGINAL

Estos Documentos, con los que puedan modificar o acompañar y su texto íntegro, se han incorporado a los contenidos ya existentes en el siguiente TÍTULO publicado y a su disposición:
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