Resolución de 11 de febrero de 2021, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la retribución para el año de gas 2021 (de 1 de enero a 30 de septiembre de 2021) de las empresas que realizan las actividades reguladas de plantas de gas natural licuado, de transporte y de distribución.
Estos Documentos, con los que puedan modificar o les acompañan, se ha incorporado a los contenidos ya existentes en el siguiente TÍTULO publicado y a su disposición:

BOE de 23 de febrero de 2021

TEXTO ORIGINAL

La Sala de la Supervisión Regulatoria, de acuerdo con la función establecida en el artículo 7.1.bis de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, en relación con la disposición transitoria segunda del Real Decreto-ley 1/2019, de 11 de enero, de medidas urgentes para adecuar las competencias de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia a las exigencias derivadas del derecho comunitario en relación a las Directivas 2009/72/CE y 2009/73/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, y previo trámite de audiencia, en su sesión del día 11 de febrero de 2021, acuerda lo siguiente:

  1. Antecedentes

El Real Decreto-Ley 1/2019, de 11 de enero, modificó, en lo relevante a estos efectos, la Ley 3/2013, de 4 de junio, la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos; y la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia para asignar a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, entre otras, la función de establecer para el sector del gas natural, y mediante circular, la metodología, los parámetros y la base de activos para la retribución de las instalaciones de plantas de gas natural licuado, de transporte y de distribución de gas natural, conforme orientaciones de política energética.

Por otro lado, los artículos 69 y 75 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, establecen, respectivamente, el derecho de los titulares de instalaciones de transporte de gas natural y de plantas de gas natural licuado, así como de los titulares de instalaciones de distribución, al reconocimiento de una retribución por el ejercicio de sus actividades.

El apartado 1 del artículo 91 de la Ley 18/2014, en la redacción dada por el Real Decreto-ley 1/2019, de 11 de enero, señala que las actividades destinadas al suministro de combustibles gaseosos serán retribuidas económicamente en la forma dispuesta en esa Ley con cargo a las tarifas de último recurso, los peajes, cánones y cargos y a los precios abonados. El apartado 2 del mismo artículo dispone que se establecerá el régimen económico de los derechos por acometidas, alquiler de contadores y otros costes necesarios vinculados a las instalaciones. Los derechos a pagar por las acometidas serán establecidos por las Comunidades Autónomas en función del caudal máximo que se solicite y de la ubicación del suministro, con los límites superior e inferior que determine la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. Los derechos de acometida deberán establecerse de forma que aseguren la recuperación de las inversiones realizadas. Los ingresos por este concepto se considerarán, a todos los efectos, retribución de la actividad de distribución.

Asimismo, la disposición transitoria vigésimo primera de la citada Ley 34/1998 establece que en aquellas Comunidades Autónomas en las que no se hayan aprobado las cuantías relativas a los derechos de acometida a que se refiere el artículo 91, se aplicarán los importes previstos por este concepto de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural, y las disposiciones normativas de desarrollo en las que se establezcan las tarifas de gas natural y gases manufacturados por canalización, alquiler de contadores y derechos de acometida para los consumidores conectados a redes de presión de suministro igual o inferior a 4 bar.

La Circular 9/2019, de 12 de diciembre, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, establece la metodología para determinar la retribución de las instalaciones de transporte de gas natural y de las plantas de gas natural licuado aplicable a partir de 1 de enero de 2021.

La Circular 4/2020, de 31 de marzo, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, establece la metodología de retribución de la distribución de gas natural aplicable a partir de 1 de enero de 2021.

La Circular 8/2020, de 2 de diciembre, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, establece los valores unitarios de referencia de inversión y de operación y mantenimiento para el periodo regulatorio 2021-2026, y los requisitos mínimos para las auditorías sobre inversiones y costes en instalaciones de transporte de gas natural y plantas de gas natural licuado.

La Resolución de 17 de diciembre de 2020, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, determinó el ajuste retributivo de la actividad de distribución de gas natural aplicable a cada empresa en el periodo 2021-2026.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha sometido a trámite de audiencia su propuesta de retribución a los interesados y a través del Consejo Consultivo de Hidrocarburos.

Con fecha 29 de diciembre de 2020, y de acuerdo con lo dispuesto en la disposición transitoria décima de la Ley 3/2013, de 4 de junio, se envió al Consejo Consultivo de Hidrocarburos la «Propuesta de Resolución por la que se establece la retribución para el año de gas 2021 (de 1 de enero a 30 de septiembre de 2021) de las empresas que realizan las actividades de plantas de gas natural licuado, transporte y distribución de gas natural», a fin de que sus miembros pudieran presentar las alegaciones y observaciones que estimasen oportunas en el plazo de diez días hábiles, hasta el 14 de enero de 2021.

Asimismo, en fecha 29 de diciembre de 2020, se envió para trámite de audiencia a los interesados en el procedimiento, la citada propuesta de resolución para que formularan sus alegaciones en el mismo plazo de diez días hábiles, hasta el 14 de enero de 2021.

  1. Fundamentos Jurídicos

Primero. Competencia de la CNMC.

Esta Comisión es competente para dictar esta resolución en virtud del artículo 7.1 bis de la Ley 3/2013, de 4 de junio, relativo a la función de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia de aprobar, mediante resolución, las cuantías de la retribución de las actividades de transporte y distribución de gas natural y de las plantas de gas natural licuado.

La disposición transitoria segunda del Real Decreto-ley 1/2019, de 11 de enero, establece que la fijación de las cuantías de la retribución de las instalaciones de regasificación, transporte y distribución de gas recogidas en el artículo 7.1 bis de la Ley 3/2013, de 4 de junio, pasarán a ser ejercidas por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y serán aplicables a partir del 1 de enero de 2020.

Finalmente, el artículo 63.2 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, dispone que corresponderá a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia la aprobación la retribución para cada año de empresas titulares de instalaciones, plantas de gas natural licuado, transporte y distribución de conformidad con la Ley 3/2013, de 4 de junio.

En consecuencia, las retribuciones aprobadas mediante la presente Resolución, se establecen conforme a lo dispuesto en la normativa de aplicación, y de acuerdo a las competencias de este organismo para la fijación de la retribución, establecidas en el artículo 7.1.bis de la Ley 3/2013. Estas retribuciones se establecen sin perjuicio de las obligaciones de los titulares de las instalaciones de transporte, plantas de GNL e instalaciones de distribución, de operar y mantener adecuadamente las instalaciones bajo el cumplimiento de las normas de seguridad y calidad industrial, que les sean de aplicación, según establecen los artículo 6, 68, 74 y 89 de la Ley 34/1998 y su normativa de desarrollo, así como las instrucciones que en su caso establezca la autoridad competente para la autorización de las mismas según el artículo 3.2.f) de la misma Ley.

Segundo. Metodología de cálculo para determinar la retribución.

Para las retribuciones correspondientes al año 2021, conforme a las Circulares 9/2019, de 12 de diciembre, 4/2020, de 31 de marzo, y 8/2020, de 2 de diciembre, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.

Para las retribuciones correspondientes al año 2020, de conformidad con el artículo 63.2 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, la retribución a percibir desde el 1 de enero del año 2015 hasta que finalice el primer periodo regulatorio el 31 de diciembre de 2020, se calculará de acuerdo con la metodología recogida en los anexos X y XI de la citada ley.

Por cuanto antecede la Sala de Supervisión Regulatoria de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia:

RESUELVE

Primero.

Aprobar para el año de gas 2021, de 1 de enero de 2021 a 30 de septiembre de 2021, las cuantías de la retribución de las actividades de transporte y distribución de gas natural y de las plantas de gas natural licuado, que resultan de la aplicación de la Circular 9/2019, de 12 de diciembre, la Circular 4/2020, de 31 de marzo, y la Circular 8/2020, de 2 de diciembre, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.

  1. a) Las retribuciones correspondientes a las actividades de regasificación y de transporte se incluyen, respectivamente, en el anexo I.1 y I.2 de la presente resolución.

Las retribuciones tendrán carácter provisional, según proceda, hasta que se disponga de:

1) La retribución por continuidad de suministro (RCS) del ejercicio 2020.

2) Las instalaciones que conforman la Base de Instalaciones con Retribución Individualizada de las empresas.

3) La revisión del valor bruto de inversión reconocido para activos gasistas que hayan sufrido enajenación de parte de sus instalaciones

4) Los costes auditados y admitidos de O&M de instalaciones singulares (COMsing) y otros costes de O&M que no están incluidos en los valores unitarios de referencia de O&M (OCOM) de 2021, incluidos los gastos de explotación activados o COPEX.

5) La acreditación de disponibilidad efectiva en el año de gas 2021 para el funcionamiento real de la instalación con derecho a retribución por extensión de vida útil (REVU).

6) El valor definitivo de la variación de la productividad observada (MPO) en el periodo regulatorio 2015-2020 en la retribución de los costes de O&M de las tipologías de instalaciones que conforman la Base de Instalaciones con Retribución Individualizada.

7) La retribución transitoria definitiva para el año de gas 2021 por instalaciones afectadas por una suspensión en la tramitación de la autorización de explotación.

8) El porcentaje en el que, en su caso, y de acuerdo con el correspondiente análisis de costes, proceda incrementar los parámetros de retribución aplicables a la actividad de transporte de gas natural en territorios insulares. Todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición transitoria vigésima de la Ley 34/1998, de 7 de octubre y su compatibilidad con los objetivos de fomento de energías renovables.

9) El incentivo por liquidación mermas, en su caso, para el año de gas 2021.

10) El ajuste retributivo derivado del empleo de activos regulados en productos y servicios conexos.

  1. b) Las retribuciones correspondientes a la actividad de distribución de gas natural se incluyen en el anexo I.3 de la presente resolución.

Las retribuciones tendrán carácter provisional, según proceda, hasta que se disponga de:

1) La retribución definitiva de la actividad de distribución de gas natural de 2020.

2) Los valores de puntos de suministro y demanda vehiculada facturados considerados en la liquidación definitiva del ejercicio 2021.

3) El porcentaje en el que, en su caso, y de acuerdo con el correspondiente análisis de costes, proceda incrementar los parámetros de retribución aplicables a la actividad de distribución de gas natural en territorios insulares. Todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición transitoria vigésima de la Ley 34/1998, de 7 de octubre y su compatibilidad con los objetivos de fomento de energías renovables.

4) El incentivo por liquidación mermas, en su caso, para el año de gas 2021.

5) El ajuste retributivo derivado del empleo de activos regulados en productos y servicios conexos.

Segundo.

Aprobar, de acuerdo con el artículo 22 de la Circular 9/2019, la cuantía máxima de inversión realizable para el año 2021 para gastos de explotación activados, o COPEX, por las empresas con derecho a retribución y la retribución provisional por este concepto, recogidas en el anexo I.1 y I.2 de la presente resolución.

Tercero.

Aprobar las cuantías de los ajustes de la retribución para el ejercicio 2020 de las actividades de transporte y distribución de gas natural y de las plantas de gas natural licuado, que resultan de la aplicación de las fórmulas publicadas en los anexos X y XI de la Ley 18/2014, de 15 de octubre:

  1. a) Los ajustes de las retribuciones por continuidad de suministro (RCS) correspondientes a las actividades de regasificación y de transporte se incluyen, respectivamente, en el anexo II.1.a) y II.2.a) de la presente resolución.

Las retribuciones por continuidad de suministro (RCS) de ambas actividades tendrán carácter provisional hasta que se reconozca la inclusión definitiva en el régimen retributivo de todas las instalaciones puestas en servicio con derecho a ella que permitan el cálculo de los valores de reposición, y se disponga de los valores de demanda de la liquidación definitiva del ejercicio 2020.

  1. b) Los ajustes de las retribuciones correspondientes a la actividad de distribución de gas natural se incluyen en el anexo II.3.a) de la presente resolución.

Las retribuciones tendrán carácter provisional hasta que se disponga de los valores de puntos de suministro y demanda vehiculada facturados considerados en la liquidación definitiva de dicho ejercicio 2020.

La retribuciones de 2020 de las empresas del Grupo Nedgia involucradas en operaciones societarias entre 2014 y 2018 serán provisionales hasta que se determine su retribución aplicando el procedimiento descrito en artículo 2 de la Orden IET/2355/2014, de 12 de diciembre, teniendo en consideración los valores de puntos de suministro y demanda vehiculada facturados en las zonas escindidas declarados en el sistema de liquidaciones.

Cuarto.

Aprobar la cuarta anualidad en virtud de la disposición adicional primera de la Orden ETU/1283/2017, de 22 de diciembre, por la que se establecen los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas y la retribución de las actividades reguladas para el año 2018, que daba cumplimiento a la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo de 24 de octubre de 2016 Nº 2278/2016, que se incluye en el anexo II.1.b) de la presente resolución.

Quinto.

Aprobar los coeficientes de extensión de vida útil aplicables a los costes de operación y mantenimiento variables de las plantas de regasificación en 2020, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4 de la Orden ETU/1977/2016, de 23 de diciembre, que son los incluidos en el anexo II.1.c) de la presente resolución.

Sexto.

Aprobar los municipios de gasificación reciente habidos en el año 2019 y el número de puntos de suministro en municipios de gasificación reciente existentes a 31 de diciembre de 2019 que son los incluidos en el anexo II.3.b) de la presente resolución.

Séptimo.

Prorrogar los derechos de acometida en vigor a partir del 1 de enero de 2021 que serán los establecidos en la Orden IET/2445/2014, de 19 de diciembre, por la que se establecen los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas y la retribución de las actividades reguladas.

Octavo.

Prorrogar los precios de alquiler de contadores y equipos de telemedida para presiones iguales o inferiores a 4 bar en vigor a partir del 1 de enero de 2021 que serán los establecidos en el anexo III de la Orden TEC/1367/2018. Estos precios incluyen el suministro del contador y su mantenimiento, incluyendo la reparación y/o la sustitución en caso de avería y su reposición una vez que haya finalizado su vida útil.

Noveno.

Publicar esta resolución junto con sus Anexo I y II en el Boletín Oficial del Estado de conformidad con el artículo 7.1 de la Ley 3/2013, de 4 de junio.

La presente resolución agota la vía administrativa, no siendo susceptible de recurso de reposición. Puede ser recurrida, no obstante, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional cuarta, 5, de la Ley 29/1998, de 13 de julio.

Madrid, 11 de febrero de 2021.–El Secretario del Consejo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, Joaquim Hortalà i Vallvé.

ANEXO I

Retribución para las empresas que realizan las actividades reguladas de regasificación y de transporte y distribución de gas natural en el año gas 2021 – de 1 enero a 30 septiembre de 2021

ANEXO I.1

Retribución por la actividad de regasificación

  1. a) Retribución del año de gas 2021 por los conceptos de la Retribución por Inversión.
En Euros Amortización

(A)

Retribución Financiera

(RF)

Retribución Instalaciones Influencia Local (RGV) Retribución Financiera del Gas Talón

(RFNMLL)

Retribución

por Inversión

ENAGAS TRANSPORTE, S.A.U. 35.761.655,52 16.080.613,63 999.522,75 52.841.791,90
Bahía Bizkaia Gas S.L. 9.779.847,31 5.300.422,75 267.603,17 15.347.873,23
Regasificadora Noroeste, S.A. 8.713.138,88 4.515.572,92 104.124,88 13.332.836,67
Planta Regasificación de Sagunto, S.A. 15.010.513,17 7.454.955,05 154.834,24 22.620.302,45
Total General. 69.265.154,88 33.351.564,35 0,00 1.526.085,03 104.142.804,26
  1. b) Retribución del año de gas 2021 por los conceptos de la Retribución por Operación y Mantenimiento
En Euros Costes O&M a VV.UU,

(COMvu)

Costes O&M Inst. Singulares

(COMsing)

COPEX Otros Costes O&M Auditados (OCOM) Retribución

por O&M

ENAGAS TRANSPORTE, S.A.U. 49.045.155,68 9.266.144,25 10.355.137,52 68.666.437,45
Bahía Bizkaia Gas S.L. 10.535.771,31 898.408,65 2.852.102,85 14.286.282,82
Regasificadora Noroeste, S.A. 7.364.953,23 678.165,93 1.391.661,26 9.434.780,43
Planta Regasificación de Sagunto, S.A. 13.657.336,63 857.788,68 1.856.281,86 16.371.407,16
Total General. 80.603.216,85 0,00 11.700.507,52 16.455.183,49 108.758.907,85
  1. c) Retribución del año de gas 2021 por los conceptos de los Ajustes a la Retribución por Productividad y Eficiencia
En Euros Retribución Continuidad Suministro

(RCS)

Retribución Extensión Vida Útil

(REVU)

Retribución por Mejora de la Productividad (RMP) Incentivo Liquidación Mermas

(IM)

Incentivo Desarrollo Sostenible

(IDS)

Retribución

por ARPEl

ENAGAS TRANSPORTE, S.A.U. 36.028.900,53 6.937.707,15 4.848.318,39 47.814.926,07
Bahía Bizkaia Gas S.L. 8.990.767,33 118.329,39 2.086.782,77 11.195.879,49
Regasificadora Noroeste, S.A. 7.248.785,30 55.507,24 695.337,76 7.999.630,30
Planta Regasificación de Sagunto, S.A. 10.720.118,24 136.868,84 2.372.050,03 13.229.037,12
Total General 62.988.571,41 7.248.412,63 10.002.488,95 80.239.472,98
  1. d) Retribución del año de gas 2021 por instalaciones en Situación Administrativa Especial.
Planta de regasificación de El Musel de ENAGAS TRANSPORTE, S.A.U. Retribución Anual Provisional (€)
Retribución Transitoria Financiera Provisional. 15.540.645,31
Retribución O&M Provisional. 3.114.851,32
Total. 18.655.496,62
  1. e) Cuantía máxima realizable en COPEX en el año 2021 para regasificación.
En Euros Cuantía Máxima

en COPEX 2021

ENAGAS TRANSPORTE, S.A.U. 47.401.615,22
Bahía Bizkaia Gas S.L. 3.921.746,00
Regasificadora Noroeste, S.A. 2.373.088,83
Planta Regasificación de Sagunto, S.A. 6.097.744,23
Total. 59.794.194,27

ANEXO I.2.

Retribución por la actividad de transporte de gas natural

  1. a) Retribución del año de gas 2021 por los conceptos de la Retribución por Inversión.
En Euros Amortización

(A)

Retribución Financiera

(RF)

Retribución Instalaciones Influencia Local (RGV) Retribución Financiera del Gas Talón

(RFNMLL)

Retribución

por Inversión

ENAGAS TRANSPORTE, S.A.U. 85.262.482,80 95.670.462,30 1.555.364,37 182.488.309,47
ENAGAS TRANSPORTE DEL NORTE, S.A.U. 3.471.507,79 5.093.186,28 32.634,81 8.597.328,88
Regasificadora Noroeste, S.A. 1.171.374,78 1.703.026,17 12.847,77 2.887.248,71
Planta Regasificación de Sagunto, S.A. 67.071,79 92.177,29 1.959,91 161.208,99
Gas Extremadura Transportista, S.L. 922.929,64 1.380.079,05 6.775,10 2.309.783,79
Redexis Infraestructuras, S.L. 4.555.897,25 7.461.229,42 21.524,27 12.038.650,93
Redexis Gas, S.A. 3.727.043,62 5.699.322,49 25.796,52 9.452.162,63
Redexis Gas Murcia, S.A. 275.485,54 476.079,75 1.737,08 753.302,37
Gas Natural Transporte SDG, S.L. 631.936,29 1.115.769,28 4.147,20 1.751.852,77
NEDGIA CEGAS, S.A. 455.114,82 689.290,18 2.384,44 1.146.789,44
NEDGIA ANDALUCÍA, S.A. 595.722,93 863.236,86 1.390,56 1.460.350,35
NEDGIA CASTILLA LA MANCHA, S.A. 640.469,53 889.504,26 1.708,94 1.531.682,72
NEDGIA CATALUNYA, S.A. 1.175.694,48 1.241.143,10 12.910,01 2.429.747,59
NEDGIA NAVARRA, S.A. 190.477,23 293.305,84 907,88 484.690,95
NEDGIA RIOJA, S.A. 275.525,00 429.923,27 975,27 706.423,54
NEDGIA ARAGÓN, S.A. 19.624,46 25.921,84 60,84 45.607,14
NEDGIA, S.A. 15.506,55 26.855,13 46,20 42.407,87
Total 103.453.864,49 123.150.512,49 0,00 1.683.171,17 228.287.548,15
  1. b) Retribución del año de gas 2021 por los conceptos de la Retribución por Operación y Mantenimiento
En Euros Costes O&M a VV.UU,

(COMvu)

Costes O&M Inst. Singulares

(COMsing)

COPEX Otros Costes O&M Auditados Retribución

por O&M

ENAGAS TRANSPORTE, S.A.U. 77.702.080,07 3.339.510,00 18.117.000,86 11.636.042,03 110.794.632,96
ENAGAS TRANSPORTE DEL NORTE, S.A.U. 2.955.372,61 0 289.161,53 152.118,89 3.396.653,03
Regasificadora Noroeste, S.A. 713.235,30 0 148.709,98 786,22 862.731,50
Planta Regasificación de Sagunto, S.A. 38.501,37 0 0,00 0,00 38.501,37
Gas Extremadura Transportista, S.L. 1.021.219,54 0 0,00 19.128,11 1.040.347,66
Redexis Infraestructuras, S.L. 4.158.200,79 0 1.268.840,84 95.215,63 5.522.257,26
Redexis Gas, S.A. 4.178.794,78 0 1.393.890,75 52.230,09 5.624.915,63
Redexis Gas Murcia, S.A. 281.966,46 0 94.674,84 672,89 377.314,19
Gas Natural Transporte SDG, S.L. 512.111,49 0 36.778,91 3.101,50 551.991,89
NEDGIA CEGAS, S.A. 720.383,54 0 129.494,63 124,03 850.002,19
NEDGIA ANDALUCÍA, S.A. 618.523,37 0 115.649,20 43.733,50 777.906,07
NEDGIA CASTILLA LA MANCHA, S.A. 637.116,64 0 150.425,25 19.050,18 806.592,07
NEDGIA CATALUNYA, S.A. 3.521.081,73 0 968.544,15 5.858,85 4.495.484,73
NEDGIA NAVARRA, S.A. 179.821,21 0 11.058,75 0,00 190.879,96
NEDGIA RIOJA, S.A. 299.733,33 0 31.550,63 0,00 331.283,96
NEDGIA ARAGÓN, S.A. 33.729,73 0 3.491,29 0,00 37.221,02
NEDGIA, S.A. 4.369,13 0 141,42 6.773,81 11.284,36
Total. 97.576.241,08 3.339.510,00 22.759.413,01 12.034.835,73 135.709.999,82
  1. c) Retribución del año de gas 2021 por los conceptos de los Ajustes a la Retribución por Productividad y Eficiencia
En Euros Retribución Continuidad Suministro

(RCS)

Retribución Extensión Vida Útil

(REVU)

Retribución por Mejora de la Productividad (RMP) Incentivo Liquidación Mermas

(IM)

Incentivo Desarrollo Sostenible

(IDS)

Retribución

por ARPE

ENAGAS TRANSPORTE, S.A.U. 139.917.573,09 4.874.139,42 18.000.565,91 162.792.278,42
ENAGAS TRANSPORTE DEL NORTE, S.A.U. 4.986.867,91 102.788,07 416.853,36 5.506.509,33
Regasificadora Noroeste, S.A. 1.438.183,29 0,00 153.144,19 1.591.327,48
Planta Regasificación de Sagunto, S.A. 109.026,21 0,00 0,00 109.026,21
Gas Extremadura Transportista, S.L. 1.353.604,98 0,00 425.903,30 1.779.508,27
Redexis Infraestructuras, S.L. 4.973.427,05 0,00 1.282.459,59 6.255.886,64
Redexis Gas, S.A. 5.912.941,83 0,00 0,00 5.912.941,83
Redexis Gas Murcia, S.A. 400.553,23 0,00 7.720,47 408.273,69
Gas Natural Transporte SDG, S.L. 742.064,70 0,00 0,00 742.064,70
NEDGIA CEGAS, S.A. 808.697,15 3.904,02 0,00 812.601,18
NEDGIA ANDALUCÍA, S.A. 717.655,86 0,00 0,00 717.655,86
NEDGIA CASTILLA LA MANCHA, S.A. 821.398,46 0,00 112.218,48 933.616,94
NEDGIA CATALUNYA, S.A. 3.898.256,82 461.815,16 786.497,45 5.146.569,43
NEDGIA NAVARRA, S.A. 288.200,17 0,00 6.974,14 295.174,31
NEDGIA RIOJA, S.A. 394.191,96 0,00 155.603,64 549.795,59
NEDGIA ARAGÓN, S.A. 25.704,60 0,00 0,00 25.704,60
NEDGIA, S.A. 20.808,12 0,00 0,00 20.808,12
Total 166.809.155,41 5.442.646,67 21.347.940,52 0,00 0,00 193.599.742,60
  1. d) Cuantía máxima realizable en COPEX en el año 2021 para Transporte
En Euros Cuantía Máxima

en COPEX 2021

ENAGAS TRANSPORTE, S.A.U. 24.156.001,15
ENAGAS TRANSPORTE DEL NORTE, S.A.U. 723.381,50
Regasificadora Noroeste, S.A. 513.035,43
Planta Regasificación de Sagunto, S.A. 0,00
Gas Extremadura Transportista, S.L. 0,00
Redexis Infraestructuras, S.L. 5.407.149,66
Redexis Gas, S.A. 6.248.749,09
Redexis Gas Murcia, S.A. 470.657,57
Gas Natural Transporte SDG, S.L. 971.094,00
NEDGIA CEGAS, S.A. 172.659,50
NEDGIA ANDALUCÍA, S.A. 171.572,00
NEDGIA CASTILLA LA MANCHA, S.A. 200.567,00
NEDGIA CATALUNYA, S.A. 2.112.660,00
NEDGIA NAVARRA, S.A. 14.745,00
NEDGIA RIOJA, S.A. 42.067,50
NEDGIA ARAGÓN, S.A. 39.571,00
NEDGIA, S.A. 28.390,00
Total. 41.272.300,39

ANEXO I.3

Retribución del año de gas 2021 por los conceptos de la Retribución por la actividad de distribución de gas natural

En € Retribución Base

(RDE)

Retribución Desarrollo Mercado

(RDM)

Retribución Transitoria Distribución (RTD) Incentivo Liquidación Mermas

(IM)

Regularización Disposición Transitoria 1ª Retribución Anual 2021
D.C. De Gas Extremadura, S.A. 8.784.710,34 0,00 659.369,44 18.850,00 9.462.929,77
Domus Mil Natural, S.A. 61.851,99 0,00 0,00 3.125,00 64.976,99
Gasificadora Regional Canaria, S.A. 102.211,53 0,00 0,00 100,00 102.311,53
Madrileña Red De Gas, S.A. 88.557.139,49 0,00 15.629.535,86 92.975,00 104.279.650,35
Redexis Gas, S.A. 59.904.018,46 0,00 6.117.595,99 270.025,00 66.291.639,45
Redexis Gas Murcia, S.A. 10.892.497,02 0,00 1.287.802,28 10.925,00 12.191.224,29
Nortegas Energía Distribución, S.A. 61.052.166,06 0,00 12.186.900,71 101.500,00 73.340.566,77
Ned España Distribución Gas, S.A.U 43.674.393,95 0,00 7.588.197,56 70.475,00 51.333.066,51
Tolosa Gas, S.A 472.015,98 0,00 79.914,45 900,00 552.830,43
Nedgia Andalucía, S.A. 39.422.953,58 0,00 6.785.023,43 -68.475,00 46.139.502,00
Nedgia Ballears, S.A. 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00
Nedgia Castilla La Mancha, S.A. 33.702.643,80 0,00 2.137.509,45 55.375,00 35.895.528,25
Nedgia Castilla y León, S.A. 53.888.156,15 0,00 4.084.021,99 78.975,00 58.051.153,14
Nedgia Catalunya, S.A. 229.488.798,06 0,00 53.084.246,96 21.575,00 282.594.620,02
Nedgia Cegas, S.A. 71.032.248,91 0,00 15.153.304,24 -118.775,00 86.066.778,15
Nedgia Galicia, S.A. 27.788.856,90 0,00 2.428.417,91 33.700,00 30.250.974,81
Nedgia Madrid, S.A. 88.906.546,41 0,00 19.786.659,34 44.075,00 108.737.280,74
Nedgia Navarra, S.A. 23.185.668,61 0,00 1.982.888,29 27.100,00 25.195.656,90
Nedgia Rioja, S.A. 10.388.334,83 0,00 922.702,84 17.050,00 11.328.087,66
Nedgia Aragon, S.A 3.897.380,09 0,00 793.060,20 950,00 4.691.390,29
Nedgia, S.A 9.284.135,32 0,00 1.680.432,15 125,00 10.964.692,47
Total. 864.486.727,45 0,00 152.387.583,08 0,00 660.550,00 1.017.534.860,53

ANEXO II

Retribución para las empresas que realizan las actividades reguladas de regasificación, transporte y distribución de gas natural en el año 2020

ANEXO II.1

Actividad de regasificación

  1. a) Revisión de la RCS del año 2020.
Gas Regasificado en kWh 1.ª Determinación RCS2020 Revisión
2019 220.000.000.000 220.000,00
2020 219.008.843.649 220.000,00
ΔDT -0,0045053 0,000000000
1.ª Determinación RCS2020 Revisión
RCS2019 (€) 91.139.188,13 91.139.188,15
fA 0,97 0,97
1+ΔDT 0,9954947 1,000000000
RCS2020 (€) 88.006.725,26 88.405.012,50

Revisión del reparto de la RCS del año 2020 por empresa.

En Euros VI Bruto Reconocido Valor Reposición VRI α Reparto RCS 2020 Revisión RCS 2020 RCS 2020 Resolución 18-dic-2019 CNMC Ajuste RCS a liquidar en 2020
ENAGAS TRANSPORTE, S.A.U. 1.812.473.680,80 1.760.940.984,93 0,57 50.566.877,93 50.339.061,18 227.816,75
Bahía Bizkaia Gas S.L. 454.831.384,55 439.430.858,45 0,14 12.618.620,82 12.561.770,70 56.850,12
Regasificadora Noroeste, S.A. 320.367.148,00 354.290.110,07 0,12 10.173.733,76 10.127.898,48 45.835,28
Planta Regasificación de Sagunto, S.A. 625.005.221,00 523.954.250,60 0,17 15.045.779,99 14.977.994,89 67.785,10
Total. 3.212.677.434,35 3.078.616.204,06 1,00 88.405.012,50 88.006.725,25 398.287,25
  1. b) Anualidad correspondiente a la Sentencia del Tribunal Supremo n.º 2278/2016.

La cuarta anualidad de 12.168.198,40 € en virtud de la disposición adicional primera de la Orden ETU/1283/2017, de 22 de diciembre, por la que se establecen los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas y la retribución de las actividades reguladas para el año 2018, que daba cumplimiento a la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo de 24 de octubre de 2016 n.º 2278/2016, se liquidará en forma de pago único en la segunda liquidación del ejercicio 2021.

  1. c) Coeficientes de extensión de vida útil aplicables a los costes de operación y mantenimiento variable de las plantas de regasificación.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 4 de la Orden ETU/1977/2016, de 23 de diciembre, los coeficientes de extensión de vida útil a aplicar en el año 2020 a los costes de operación y mantenimiento variables de las plantas de regasificación son los siguientes:

En Euros Descarga buques Carga cisternas Regasificación
Planta de Barcelona. 1,00 1,31 1,05
Planta de Cartagena. 1,00 1,06 1,06
Planta de Huelva. 1,00 1,12 1,08
Planta de Bilbao. 1,00 1,00 1,15
Planta de Mugardos. 1,00 1,00 1,15
Planta de Saguntos. 1,00 1,00 1,04

ANEXO II.2

Actividad de Transporte

  1. a) Instalaciones incluidas de forma provisional en el régimen retributivo
Titular Fecha PEM Valor Inversión Reconocido Provisional Retribución Provisional 2020
Posición T-08.A en el Gasoducto Semianillo Suroeste en el término municipal de Moraleja de Enmedio, ENAGAS TPTE 19-05-2020 912.866,78 0,00
ERM G-250 (80/16) en Posición T-08.A ENAGAS TPTE 19-05-2020 321.109,90 29.058,75
  1. b) Revisión de la RCS del año 2020
Demanda Nacional en MWh 1.ª Determinación RCS2020 Revisión
2019 387.073.182,249 380.438.073,638
2020 375.130.429,918 350.375.248,546
ΔDT -0,0308539906 -0,0790215995
1.ª Determinación RCS2020 Revisión
RCS2019 (€) 266.638.553,25 262.067.904,21
fA 0,97 0,97
1+ΔDT 0,9691460 0,920978401
RCS2020 (€) 250.659.339,13 234.118.112,86

Revisión del reparto de la RCS del año 2020 por empresa:

En Euros VI Bruto Reconocido Valor Reposición VRI α Reparto RCS 2020 Revisión RCS 2020 RCS 2020

Resol 18-dic-19 CNMC

Ajuste RCS a Liquidar en 2020
ENAGAS TRANSPORTE, S.A.U. 5.232.703.029,21 7.074.084.506,35 83,88% 196.375.541,18 210.250.128,76 -13.874.587,58
ENAGAS TRANSPORTE DEL NORTE, S.A.U. 247.866.947,61 252.130.766,76 2,99% 6.999.112,85 7.493.623,54 -494.510,69
Regasificadora Noroeste, S.A. 65.709.888,05 72.713.026,21 0,86% 2.018.502,87 2.161.116,84 -142.613,97
Planta Regasificación de Sagunto, S.A. 4.028.700,26 5.512.249,80 0,07% 153.019,24 163.830,56 -10.811,32
Gas Extremadura Transportista, S.L. 49.232.092,74 68.436.836,06 0,81% 1.899.796,46 2.034.023,42 -134.226,96
Redexis Infraestructuras, S.L. 236.099.880,79 251.451.211,29 2,98% 6.980.248,49 7.473.426,35 -493.177,86
Redexis Gas, S.A. 198.840.975,08 298.952.085,01 3,54% 8.298.865,73 8.885.208,30 -586.342,57
Redexis Gas Murcia, S.A. 14.274.331,56 20.251.547,63 0,24% 562.179,97 601.899,86 -39.719,89
Gas Natural Transporte SDG, S.L. 32.685.473,95 37.518.006,02 0,44% 1.041.494,31 1.777.313,66 -735.819,35
NEDGIA CEGAS, S.A. 24.342.881,33 40.886.872,62 0,48% 1.135.013,55 1.215.206,04 -80.192,49
NEDGIA ANDALUCÍA, S.A. 30.481.529,78 36.283.921,09 0,43% 1.007.236,29 1.078.400,90 -71.164,61
NEDGIA CASTILLA LA MANCHA, S.A. 34.224.163,22 41.529.037,29 0,49% 1.152.839,94 1.234.291,93 -81.451,99
NEDGIA CATALUNYA, S.A. 143.303.445,99 197.091.741,61 2,34% 5.471.237,64 5.857.798,84 -386.561,20
NEDGIA NAVARRA, S.A. 9.702.386,66 14.571.095,52 0,17% 404.491,46 433.070,13 -28.578,67
NEDGIA RIOJA, S.A. 13.863.045,29 19.929.928,59 0,24% 553.251,87 553.251,87
NEDGIA ARAGÓN, S.A. 1.068.284,34 1.299.597,24 0,02% 36.076,63 36.076,63
NEDGIA, S.A. 825.027,77 1.052.036,71 0,01% 29.204,38 29.204,38
Total. 6.339.252.083,62 8.433.694.465,82 100,00% 234.118.112,86 250.659.339,13 -16.541.226,27

 

En Euros Activos PEM antes 2008 Activos PEM desde 2008 Total Ajuste RCS a Liquidar en 2020
ENAGAS TRANSPORTE, S.A.U. -8.833.783,76 -5.040.803,82 -13.874.587,58
ENAGAS TRANSPORTE DEL NORTE, S.A.U. -250.116,42 -244.394,27 -494.510,69
Regasificadora Noroeste, S.A. -99.075,98 -43.537,99 -142.613,97
Planta Regasificación de Sagunto, S.A. -10.811,32 0,00 -10.811,32
Gas Extremadura Transportista, S.L. -57.155,87 -77.071,09 -134.226,96
Redexis Infraestructuras, S.L. -31.646,40 -461.531,46 -493.177,86
Redexis Gas, S.A. -202.235,94 -384.106,63 -586.342,57
Redexis Gas Murcia, S.A. 0,00 -39.719,89 -39.719,89
Gas Natural Transporte SDG, S.L. -38.625,56 -697.193,78 -735.819,35
NEDGIA CEGAS, S.A. -37.704,07 -42.488,43 -80.192,49
NEDGIA ANDALUCÍA, S.A. -2.429,59 -68.735,02 -71.164,61
NEDGIA CASTILLA LA MANCHA, S.A. -26.403,16 -55.048,83 -81.451,99
NEDGIA CATALUNYA, S.A. -350.157,81 -36.403,39 -386.561,20
NEDGIA NAVARRA, S.A. 0,00 -28.578,67 -28.578,67
NEDGIA RIOJA, S.A. 0,00 553.251,87 553.251,87
NEDGIA ARAGÓN, S.A. 36.076,63 0,00 36.076,63
NEDGIA, S.A. 0,00 29.204,38 29.204,38
Total. -9.904.069,26 -6.637.157,00 -16.541.226,27

ANEXO II.3

Actividad de Distribución

  1. a) Revisión de la retribución del año 2020.
En € Retribución Revisión Retribución Resol 18-dic-19 CNMC Ajuste Retribución a liquidar en 2020
D.C. De Gas Extremadura, S.A. 12.779.430,54 13.231.111,01 -451.680,47
Domus Mil Natural, S.A. 82.695,88 189.712,87 -107.016,99
Gasificadora Regional Canaria, S.A. 136.656,44 206.496,55 -69.840,11
Madrileña Red De Gas, S.A. 142.917.490,11 147.093.081,02 -4.175.590,91
Redexis Gas, S.A. 89.687.682,25 98.097.177,44 -8.409.495,19
Redexis Gas Murcia, S.A. 16.583.310,61 17.176.035,85 -592.725,24
Nortegas Energía Distribución, S.A. 100.743.229,39 106.844.094,19 -6.100.864,80
Ned España Distribución Gas, S.A.U 70.295.559,73 72.066.419,07 -1.770.859,34
Tolosa Gas, S.A 756.439,64 767.774,04 -11.334,40
Nedgia Andalucía, S.A. 63.351.518,53 64.138.494,94 -786.976,41
Nedgia Balears, S.A. 0,00 0,00
Nedgia Castilla La Mancha, S.A. 48.413.267,31 48.022.724,21 390.543,10
Nedgia Castilla Y León, S.A. 78.454.576,38 78.401.861,03 52.715,35
Nedgia Catalunya, S.A. 390.095.089,39 406.983.374,10 -16.888.284,71
Nedgia Cegas, S.A. 118.739.745,60 123.935.769,80 -5.196.024,20
Nedgia Galicia, S.A. 40.962.882,88 40.771.195,54 191.687,34
Nedgia Madrid, S.A. 149.905.623,88 149.920.940,95 -15.317,07
Nedgia Navarra, S.A. 34.109.567,00 34.542.910,58 -433.343,58
Nedgia Rioja, S.A. 15.336.542,61 15.520.590,63 -184.048,02
Nedgia Aragon, S.A 6.454.798,91 6.671.230,47 -216.431,56
Nedgia, S.A 15.048.826,91 16.320.776,96 -1.271.950,05
Total. 1.394.854.933,99 1.440.901.771,25 -46.046.837,26
  1. b) Municipios de gasificación reciente y número de puntos de suministro existentes a 31 de diciembre de 2019.

1) Municipios de gasificación reciente con puesta en gas en el año 2019.

Distribuidora Provincia Municipio Codigo INE Fecha inicio gasificación Nº PS Según el tipo de peaje Total n.º de PS a 31-dic-2019
3.1-3.2 3.3-3.4 3.5 Resto peajes
Domus Mil Natural, S.A. Cuenca. Campillo de Altobuey. 160421 16-oct.-19 5 5
Redexis Gas Murcia, S.A. Murcia. Archena. 30009 19-jun.-19 155 155
Redexis Gas Murcia, S.A. Murcia. Los Alcázares. 30902 19-mar.-19
Redexis Gas Murcia, S.A. Murcia. Villanueva del Río Segura. 30042 27-sep.-19 17 17
Redexis Gas, S.A. Almería. Garrucha. 04049 25-ene.-19 478 1 479
Redexis Gas, S.A. Ávila. Piedrahíta. 05186 04-oct.-19 421 421
Redexis Gas, S.A. Cáceres. Moraleja. 10128 18-mar.-19 123 123
Redexis Gas, S.A. Cádiz. Vejer de la Frontera. 11039 19-dic.-19 35 35
Redexis Gas, S.A. Jaén. Castellar. 23025 15-ene.-19 29 29
Redexis Gas, S.A. Segovia. Sanchonuño. 40179 19-mar.-19 1 1
Redexis Gas, S.A. Segovia. San Martín y Mudrián. 40182 27-may.-19 4 4
Redexis Gas, S.A. Sevilla. Lebrija. 41053 13-nov.-19 11 11
Redexis Gas, S.A. Toledo. La Puebla de Montalbán. 45136 02-dic.-19 19 19
Total PS municipios reciente gasificación 2019. 1.293 5 1.299

2) Puntos de suministros a 31 de diciembre de 2019 en los municipios de reciente gasificación con puesta en gas en 2015, 2016, 2017 y 2018.

Distribuidora Nº PS Según el tipo de peaje Total n.º de PS a 31-dic-2019
3.1-3.2 3.3-3.4 3.5 Resto peajes
NEDGIA Andalucía, S.A. 1.210 13 1.223
NEDGIA Castilla-La Mancha, S.A. 6.132 19 6.151
NEDGIA Castilla y León, S.A. 9.856 36 9.892
NEDGIA Catalunya, S.A. 14.037 155 1 1 14.194
NEDGIA Cegas, S.A. 5.386 35 1 5.422
NEDGIA Galicia, S.A. 14.906 79 1 14.986
NEDGIA Madrid, S.A. 1.095 2 1.097
NEDGIA Navarra, S.A. 194 1 195
NEDGIA La Rioja, S.A. 1.551 11 1.562
Redexis Gas, S.A. 17.649 328 9 17.986
Redexis Gas Murcia, S.A. 1.108 8 1.116
Nortegas Energía Distribución, S.A.U. 1.375 11 1.386
NED España Distribución Gas, S.A.U. 177 9 186
Madrileña Red de Gas, S.A. 2.827 11 2.838
Domus Mil Natural, S.A. 267 3 270
Total PS en municipios reciente gasificación. 77.770 721 2 11 78.504