Orden 82/2018, de 29 de mayo, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, sobre normas de elaboración de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2019.

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La elaboración de la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma ha de observar un procedimiento que aparece básicamente diseñado en el artículo 51 del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, aprobado por la Ley Orgánica 9/1982, de 10 de agosto, y, desarrollado en el texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, cuyo capítulo I del título II aborda las cuestiones relativas al contenido y al procedimiento de tramitación del Presupuesto.
No obstante lo anterior, las normas y criterios de elaboración no quedan fijados en sus aspectos más concretos por considerarse más aconsejable que sean adaptados para cada ejercicio. Por ello, el propio texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha encomienda al titular de la consejería competente en materia de hacienda la determinación, tanto de la estructura del Presupuesto, como del procedimiento para su elaboración, la documentación que para cada caso sea necesaria y los plazos para su presentación.
En ejercicio de dicha competencia, y, en consonancia con el criterio expresado por los órganos de control interno y externo de la gestión económico-financiera de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, resulta necesario incluir en un régimen presupuestario limitativo a las entidades públicas Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha y Ente Público de Radiotelevisión de Castilla-La Mancha. Esta medida, que se materializará por primera vez en los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades para 2019 conlleva, con carácter previo, una adaptación de las estructuras presupuestarias consistente en la creación, dentro de la clasificación orgánica, de dos nuevas secciones correspondientes a las citadas entidades públicas, así como en la inclusión de aquellas otras variaciones en la clasificación funcional y económica que traigan causa de la anterior. Finalmente, en relación con la adaptación de las estructuras aquí referida, conviene aclarar que se llevará a cabo con posterioridad a la publicación y entrada en vigor de la presente orden, durante la fase de elaboración del Anteproyecto de los Presupuestos para 2019, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la presente orden.
Por otro lado, en el contexto normativo de elaboración de los Presupuestos debe tenerse en cuenta, asimismo, el artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera que dispone, entre otras cosas, que la elaboración de los Presupuestos de los distintos sujetos comprendidos en el ámbito de aplicación de la norma –entre los que se encuentran las Comunidades Autónomas- se realizará en un marco de estabilidad presupuestaria, coherente con la norma europea.
En consonancia con lo anterior, la Ley 11/2012, de 21 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha prevé los instrumentos que coadyuvan a la estabilidad presupuestaria, entre ellos, la obligación de elaborar un marco presupuestario a medio plazo y la obligación de establecer un límite de gasto no financiero, que respete el objetivo de estabilidad presupuestaria fijado por el Estado.
Así pues, de conformidad con estas previsiones legales, la presente orden establece las normas para la elaboración de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2019, que deberán integrarse en el Marco Presupuestario 2019-2021 y respetar el límite de gasto no financiero que ha de fijarse conforme a lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 11/2012, de 21 de diciembre.
Por último, y sin perjuicio de las exigencias derivadas del principio de estabilidad presupuestaria, la elaboración de los Presupuestos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el ejercicio 2019 asumirá una vez más como criterios orientadores básicos, de un lado, la priorización de aquellas políticas de gasto más próximas a los ciudadanos dirigidas a recuperar, mantener y potenciar una red de servicios y prestaciones públicas de calidad que ofrezcan protección a los más vulnerables; y, de otro, la contribución al sustento y reactivación de la actividad económica y del empleo.
En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 36.1 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo; en el artículo 40.1 del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobada
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por el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre; y, en el artículo 1.f) del Decreto 82/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y competencias de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, dispongo:
Capítulo I Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto.
Es objeto de la presente orden regular el ámbito institucional, los criterios generales para presupuestar, el contenido básico, las estructuras presupuestarias y el proceso de elaboración del Anteproyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2019.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Las normas contenidas en esta orden serán de aplicación a:
a) Los órganos y entidades con dotaciones diferenciadas en los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha que se indican a continuación: 1º. Las Cortes de Castilla-La Mancha, respetando y preservando, en cualquier caso, su autonomía presupuestaria y financiera. 2º. La Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y el Consejo Consultivo. 3º. Los organismos autónomos y las entidades públicas vinculadas o dependientes de dicha Administración cuya normativa confiera carácter limitativo a los créditos de su presupuesto de gastos. 4º. Las entidades públicas Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha y Ente Público de Radio Televisión de Castilla-La Mancha. b) Los sujetos instrumentales con presupuestos de carácter estimativo que se indican a continuación: empresas y fundaciones públicas, y, consorcios que formen parte del sector público regional.
Artículo 3. Marco presupuestario a medio plazo.
Los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2019 se integrarán dentro del Marco Presupuestario 2019-2021 que se elaborará conforme a lo dispuesto en la legislación en materia de estabilidad presupuestaria, así como en su normativa de desarrollo.
Artículo 4. Límite de gasto no financiero.
El importe total de los créditos para gastos de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de CastillaLa Mancha para 2019 se ajustará al límite de gasto no financiero fijado conforme a lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 11/2012, de 21 de diciembre.
Artículo 5. Criterios generales para la elaboración del Presupuesto.
La elaboración de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2019 se llevará a cabo atendiendo a los siguientes criterios generales:
a) La conciliación de las exigencias derivadas de los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, con los principios que marcan la acción política del Consejo de Gobierno centrada en recuperar, mantener y potenciar una red de servicios y prestaciones públicas de calidad que ofrezcan protección a los más vulnerables, y, en contribuir al sustento y reactivación de la actividad económica y el empleo. b) El impulso de actuaciones de mejora de la eficiencia en la prestación de los servicios, que redunden en reducciones adicionales de los gastos de funcionamiento no esenciales y en la mejora de los de carácter esencial. c) La austeridad en el funcionamiento de todos los órganos, organismos y entidades, tanto administrativas, como instrumentales. d) La cobertura, en materia de subvenciones e inversiones reales, de los gastos plurianuales comprometidos, respetando los derechos adquiridos que se deriven de los mismos. e) La priorización de las actuaciones cofinanciadas por otras Administraciones públicas o por la Unión Europea, adecuando el gasto a la correcta ejecución y seguimiento de los ingresos públicos. f) El enfoque de género para la promoción de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.
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Así mismo, la utilización del lenguaje en la documentación integrante de los Presupuestos Generales se llevará a cabo de forma inclusiva, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 de la Ley 12/2010, de 18 de noviembre, de Igualdad entre Mujeres y Hombres de Castilla-La Mancha.
Artículo 6. Unidad de cuenta para la elaboración del Presupuesto.
El Presupuesto se elaborará teniendo como unidad de cuenta el euro, expresado en miles de euros con dos decimales.
Capítulo II Contenido y estructura de los Presupuestos
Artículo 7. Contenido de los Presupuestos.
1. Los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2019 contendrán:
a) Los estados de ingresos, que incluirán las estimaciones de los derechos económicos a liquidar en el ejercicio 2019. b) Los estados de gastos, que incluirán los créditos necesarios para el cumplimiento de las obligaciones económicas a reconocer en durante el ejercicio 2019. c) Los estados financieros de los sujetos instrumentales a los que se refiere el artículo 2.b), que incluirán sus estimaciones de gastos e ingresos.
Artículo 8. Estructura de los Presupuestos.
1. Los estados de ingresos se estructurarán como se indica a continuación:
a) Estructura orgánica, que distingue por secciones los ingresos correspondientes a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha según su organización administrativa. La clasificación orgánica se realizará conforme se detalla en el anexo II. b) Estructura económica, que agrupa los ingresos del presupuesto según su naturaleza económica con arreglo a la clasificación por capítulos, artículos, conceptos y subconceptos, tal y como se detalla en el anexo IV.
2. Los estados de gastos se estructurarán como sigue:
a) Estructura orgánica, que distribuye los créditos presupuestarios por secciones. Las secciones presupuestarias agrupan los programas de gasto en atención a la organización administrativa de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Las secciones presupuestarias pueden desagregarse, a su vez, en órganos gestores, que son aquellas unidades orgánicas con diferenciación presupuestaria y con responsabilidad en la gestión de los programas. Los órganos gestores, en su caso, podrán desagregarse en centros gestores. La clasificación orgánica se realizará conforme se detalla en el anexo II. b) Estructura funcional y por programas de gasto, que agrupa los créditos en atención a las finalidades u objetivos que se pretenden conseguir. La asignación de recursos se efectuará dentro de una estructura de programas adecuada a los contenidos de las políticas de gasto, que delimitan y concretan las distintas áreas de actuación del presupuesto, y que permitirá a los órganos gestores: 1º. Delimitar los objetivos y metas que se pretenden alcanzar a través de la actividad de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y demás entidades que conforman el sector público regional. 2º. Identificar las actividades necesarias para la consecución de dichos objetivos y metas. 3º. Valorar el coste presupuestario de la realización de los programas seleccionados. 4º. Definir, en términos cuantitativos, aquellos indicadores que permitan el seguimiento de la ejecución presupuestaria. 5º. Seleccionar los proyectos a incluir en el presupuesto en función de su rentabilidad económica y social, detallando aquellos que deban financiarse con fuentes específicas. Los programas de gastos se agregarán en grupos de función, funciones y subfunciones según la naturaleza de las actividades a realizar, de acuerdo con la clasificación contenida en el anexo I.
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c) Estructura económica, que ordena los créditos incluidos en el estado de gastos del presupuesto según su naturaleza económica, de acuerdo con la clasificación por capítulos, artículos, conceptos y subconceptos, tal y como se detalla en el anexo III. Las dotaciones financieras de los capítulos 4, 6 y 7 de la clasificación económica de gastos se agruparán en proyectos de gastos, formados por el conjunto de actuaciones destinadas a la consecución de un objetivo determinado, perfectamente identificable y diferenciable del resto. Todo proyecto de gastos deberá tener asociada una fuente de financiación destinada a cubrir los créditos consignados en dicho proyecto. La presupuestación de aquellas actuaciones que tengan asociada una fuente de financiación concreta se realizará a través de la funcionalidad Gastos con Financiación Afectada del sistema de información económico-financiera Tarea. d) Estructura territorial, que viene referida a los proyectos de inversión pública. Los proyectos de inversión pública se detallarán en un anexo al presupuesto, tal y como establece el artículo 41.e) del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha.
3. Los estados financieros de los sujetos instrumentales a los que se refiere el artículo 2.b) se estructurarán través de los presupuestos de explotación y capital.
Artículo 9. Variaciones en las estructuras presupuestarias.
Las estructuras presupuestarias a las que se refiere el artículo 8, apartados 1 y 2, podrán ser objeto de modificación a lo largo del proceso de elaboración de los Presupuestos.
A tal fin, las consejerías, por conducto de las secretarías generales, remitirán a la dirección general competente en materia de presupuestos sus propuestas de modificación cuando lo consideren oportuno.
Los sujetos contemplados en el artículo 2.a).3º y 4º remitirán sus propuestas por conducto de las secretarías generales de las consejerías a las que estén adscritas o de las que dependan funcionalmente, y, en todo caso, con su aprobación.
Capítulo III Elaboración de los Presupuestos
Artículo 10. Elaboración del estado de ingresos.
1. La dirección general competente en materia de presupuestos elaborará los estados de ingresos teniendo en cuenta:
a) Las entregas a cuenta derivadas del sistema de financiación autonómica. b) La previsión de ingresos tributarios no incluidos en el sistema de financiación autonómica que deberá elaborar la dirección general competente en materia de tributos. c) Las previsiones de ingresos efectuadas desde las distintas secciones presupuestarias. d) Las demás previsiones de ingresos que procedan.
2. En las previsiones de ingresos se deberá indicar, en su caso, la relación de los mismos con inversiones y gastos cofinanciados, así como el detalle de sus fuentes de financiación.
3. Corresponderá a la dirección general competente en materia de tributos realizar la estimación de beneficios fiscales que afecten a los tributos sobre los que la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha posea capacidad normativa, cuyo importe deberá consignarse en los Presupuestos.
A tal fin, el citado órgano directivo elaborará una memoria explicativa en la que se especificará el importe de los mismos por cada figura tributaria.
4. Las previsiones de ingresos de cada sección presupuestaria, junto con la documentación e información asociada a las mismas, se remitirán a la dirección general competente en materia de presupuestos través del sistema de información económico-financiero Tarea, que contiene el Módulo de Elaboración y Edición de los Presupuestos para la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
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Artículo 11. Elaboración del estado de gastos.
1. La dirección general competente en materia de presupuestos coordinará los trabajos de elaboración del estado de gastos de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2019.
2. Las secretarías generales y demás órganos directivos responsables de la gestión presupuestaria en las secciones incluidas en el ámbito del artículo 2.a), párrafo 2º, 3º y 4º, elaborarán la propuesta de gastos de su respectiva sección presupuestaria conforme a las siguientes reglas:
a) Las propuestas de gasto incluirán, en todo caso: 1º. Una memoria explicativa del contenido de los programas de gasto que se van a ejecutar, de los objetivos generales que se persiguen, de la problemática que se pretende solucionar y de cualquier otro aspecto que se considere relevante. Asimismo, deberá hacerse especial mención de las nuevas actuaciones que se incluyan. 2º. Las fichas de objetivos y actividades de cada programa presupuestario de gasto. 3º. Las fichas de indicadores por objetivos de cada programa presupuestario de gasto. b) Las propuestas de gasto de cada sección presupuestaria que estén cofinanciadas por los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (Fondos EIE) siguientes: el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder), el Fondo Social Europeo (FSE), la Iniciativa de Garantía Juvenil (FSE-YEI), el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) y el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP); por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (Feaga) y otros Fondos Estructurales que tengan Programa Operativo aprobado; y, por otros instrumentos financieros de apoyo específico a programas europeos, deberán reflejarse en el anexo V, apartados A y B. Dicho anexo deberá suscribirse debidamente por la autoridad de gestión del fondo que se trate.
3. Las propuestas de gasto de cada sección presupuestaria, junto con la documentación e información asociada a las mismas prevista en el apartado 2.a), se remitirán a la dirección general competente en materia de presupuestos través del sistema de información económico-financiero Tarea, que contiene el Módulo de Elaboración y Edición de los Presupuestos para la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
La información prevista en el apartado 2.b), que deberá reflejarse en el anexo V, apartados A y B, se remitirá al citado órgano directivo a través de la vía que éste determine.
4. La elaboración del presupuesto del capítulo 1 “Gastos de personal” se realizará a través del Módulo Anexo de Personal del sistema de información económico-financiero Tarea, salvo en lo concerniente a la plantilla de personal de las instituciones sanitarias y al cupo de personal docente no universitario, que se llevará a cabo en los soportes informáticos que a tal efecto se establezcan desde la dirección general competente en materia de presupuestos. Idéntica salvedad se aplicará también en lo concerniente a la plantilla de personal del Instituto de Promoción Exterior, del Ente Público de Radio Televisión de Castilla-La Mancha, y de Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha.
5. La información correspondiente al Anexo de Nuevas Contrataciones se referirá a la de los contratos del sector público, excluidas las prórrogas, que reúnan las siguientes características:
a) Aquellos cuyo gasto se impute a los créditos del Presupuesto para 2019, incluidos los que se liciten, adjudiquen y formalicen en 2018, pero su ejecución se lleve a cabo en el ejercicio 2019 en una o en varias anualidades. b) Aquellos cuyo importe de licitación sea superior a 60.000,00 euros.
Dicha información se remitirá, desde las distintas secciones presupuestarias, a través de la correspondiente habilitación del sistema de información económico-financiero Tarea, conforme a las instrucciones que, en su caso, emita la dirección general competente en materia de presupuestos.
6. La dirección general competente en materia de presupuestos, sobre la base de las propuestas de gasto recibidas, elaborará el estado de gastos de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2019 teniendo en cuenta:
a) Las previsiones económicas contempladas en el Marco Presupuestario 2019-2021 y en el Informe EconómicoFinanciero. b) Las previsiones de ingresos. c) El límite de gasto no financiero fijado conforme a lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 11/2012, de 21 de diciembre. d) Las exigencias derivadas del cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
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Artículo 12. Elaboración de los estados financieros de los sujetos instrumentales.
1. La dirección general competente en materia de presupuestos coordinará los trabajos de elaboración de los estados financieros de los sujetos instrumentales a los que se refiere el artículo 2.b), que se estructuran través de los presupuestos de explotación y capital.
2. Cada presupuesto de explotación y capital estará constituido por una previsión de la cuenta de pérdidas y ganancias y del estado de flujos de efectivo, e irá acompañado del balance de la entidad, y la memoria explicativa de sus contenidos.
Los estados financieros señalados en el párrafo anterior se referirán a la previsión para el ejercicio 2019, a la liquidación del ejercicio 2017 y a la previsión de cierre del ejercicio 2018.
Adicionalmente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.4 de la Ley 11/2012, de 21 de diciembre, se acompañará la programación plurianual, que reflejará los datos económico-financieros previstos para los ejercicios 2019, 2020 y 2021, según las líneas estratégicas y objetivos definidos para la entidad y la evaluación económica de sus proyectos de inversión.
3. A los efectos de la integración de los estados financieros de los sujetos instrumentales del artículo 2.b) en los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2019, desde dichos sujetos instrumentales se elaborarán y remitirán sus propuestas de presupuestos de explotación y de capital a la dirección general competente en materia de presupuestos, una vez que hayan sido aprobadas por las secretarías generales de las consejerías a las que dichos sujetos instrumentales estén adscritos o de las que dependan funcionalmente.
4. La documentación e información indicada en el presente artículo se suministrará a través del soporte funcional del sistema de información denominado Central de Información del Sector Público Regional.
Artículo 13. Elaboración del texto articulado.
1. Corresponde a la dirección general competente en materia de presupuestos coordinar la redacción del texto articulado del Anteproyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2019.
2. Los titulares de las secretarías generales de las consejerías deberán remitir a la citada dirección general las propuestas de normas de contenido presupuestario cuya inclusión en el texto articulado consideren procedentes.
Los sujetos contemplados en el artículo 2.a).3º y 4º y en el artículo 2.b) remitirán sus propuestas una vez que hayan sido aprobadas por las secretarías generales de las consejerías a las que estén adscritos o de las que dependan funcionalmente y, en todo caso, a través de las mismas.
3. Las propuestas al texto articulado deberán ir acompañadas de la justificación de su necesidad y de su adecuación al ordenamiento jurídico, así como de una memoria explicativa del articulado propuesto con las habilitaciones de gasto y las previsiones de ingresos cuantificando, en su caso, el efecto de la norma propuesta sobre las cifras de ingresos o gastos que han de presentar.
4. La dirección general competente en materia de presupuestos determinará el formato a través del cual se remitirán las propuestas al texto articulado.
Artículo 14. Plazos de remisión de la documentación e información asociada a la elaboración de los Presupuestos.
1. La documentación e información asociada a la elaboración de los Presupuestos se remitirá a la dirección general competente en materia de presupuestos en los siguientes plazos:
a) La documentación e información asociada a la elaboración del estado de ingresos y, en su caso, a la variación de sus estructuras presupuestarias: antes del día 15 de junio de 2018. Se exceptúa de lo dispuesto anteriormente el presupuesto de beneficios fiscales referido en el artículo 10.3 y su memoria explicativa, que se remitirán antes del día 14 de septiembre de 2018. b) La documentación e información asociada a la elaboración del estado de gastos y, en su caso, a la variación de sus estructuras presupuestarias: antes del día 10 de julio de 2018.
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Se exceptúa de lo dispuesto anteriormente las memorias explicativas del contenido de los programas de gasto, las fichas de objetivos y actividades y las fichas de indicadores por objetivos, que se remitirán antes del día 14 de septiembre de 2018. c) La documentación e información asociada a la elaboración de los estados financieros de los sujetos instrumentales indicados en el artículo 2.b): antes del día 14 de septiembre de 2018. d) Las propuestas al texto articulado: antes del día 14 de agosto de 2018.
2. El órgano competente en materia de estadística remitirá a la dirección general competente en materia de presupuestos, antes del día 30 de agosto de 2018, la primera parte del Informe Económico-Financiero al que hace referencia el artículo 41.d) del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha.
3. La Comisión de Igualdad de Castilla-La Mancha remitirá a la dirección general competente en materia de presupuestos, antes del día 21 de septiembre de 2018, el informe de impacto de género al que hace referencia el artículo 41.h) del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha.
4. El resto de documentación, información y demás trabajos relacionados con la elaboración de los presupuestos no incluidos en los apartados 1, 2 y 3, cuya preparación no se lleve a cabo desde la dirección general competente en materia de presupuestos, se remitirá a este órgano directivo en las fechas que determine.
Artículo 15. Aprobación del Anteproyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
1. Una vez elaborado el estado de ingresos y gastos, los estados financieros de los sujetos instrumentales del artículo 2.b) y el texto articulado, la dirección general competente en materia de presupuestos formará el Anteproyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2019.
2. Formado el citado anteproyecto, será elevado al titular de la consejería competente en materia de hacienda.
3. El titular de la consejería competente en materia de hacienda someterá el anteproyecto al Consejo de Gobierno para su aprobación y posterior remisión del proyecto de ley a las Cortes regionales junto con la documentación complementaria que deba acompañarse de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 41 del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, y, de conformidad con lo establecido en los artículos 40 y 42 del citado texto refundido.
Disposiciones adicionales
Disposición adicional única. Tratamiento de la documentación e información.
La dirección general competente en materia de presupuestos, en ejercicio de su función de coordinación presupuestaria del sector público regional, llevará a cabo el tratamiento de toda la documentación e información necesaria para la elaboración del Anteproyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2019.
Disposiciones derogatorias
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Queda derogada la Orden 150/2017, de 1 de septiembre, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, sobre normas de elaboración de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2018, así como cuantas normas de igual e inferior rango se opongan a lo establecido en la presente orden.
Disposiciones finales
Disposición final primera. Instrucciones aclaratorias y de desarrollo.
Se autoriza a la dirección general competente en materia de presupuestos para dictar cuantas instrucciones aclaratorias y de desarrollo de la presente orden procedan y, en particular a:
a) Aclarar cualquier cuestión sobre esta orden, en lo que se refiere al contenido y definición de la clasificación económica, funcional y por programas.
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b) Modificar la estructura orgánica y funcional para adaptarla a los posibles cambios que se pudieran producir en la organización administrativa de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. c) Recabar los informes justificativos necesarios para determinar con exactitud la realidad económico-financiera de los órganos gestores incluidos en el Presupuesto. d) Establecer los modelos de documentos y los soportes informáticos para cumplimentar la información necesaria para la elaboración del Anteproyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2019.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Toledo, 29 de mayo de 2018
El Consejero de Hacienda y Administraciones Públicas JUAN ALFONSO RUIZ MOLINA
AÑO XXXVII Núm. 110 6 de junio de 2018 15552
Grupo de función 1 SERVICIOS DE CARÁCTER GENERAL 11 Alta Dirección de la Comunidad Autónoma 111 Alta Dirección de la Comunidad Autónoma 111A Actividad legislativa 112 Alta Dirección del Gobierno de la Comunidad Autónoma 112A Dirección y servicios generales de Presidencia 112B Alto asesoramiento de la Comunidad Autónoma 12 Administración general 121 Servicios generales y función pública 121B Administración de la función pública 121C Relación y coordinación con las corporaciones locales 121D Selección y formación del personal de la administración regional 126 Otros servicios generales 126A Diario oficial 126B Servicio de publicaciones 126C Medios de comunicación 126D Calidad de los servicios 126E Ordenación del juego 126F Transparencia y participación 13 Relaciones exteriores 131 Administración general de relaciones exteriores 131A Coordinación de asuntos europeos
Grupo de función 2 DEFENSA, PROTECCIÓN CIVIL Y SEGURIDAD CIUDADANA
22 Protección civil y seguridad ciudadana 221 Administración general de seguridad y protección civil 221A Protección ciudadana
Grupo de función 3 SEGURIDAD, PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN SOCIAL
31 Seguridad y protección social 311 Administración, inspección y control de seguridad social y protección social 311A Dirección y servicios generales de Bienestar Social 312 Pensiones y prestaciones asistenciales 312A Pensiones y prestaciones asistenciales 313 Acción social 313A Programas sociales básicos 313B Prevención y apoyo a las familias 313C Atención a las personas con discapacidad 313D Atención a las personas mayores 313E Atención y acompañamiento al menor 313F Cooperación al desarrollo 313H Atención a la dependencia 315 Seguridad en el trabajo 315A Seguridad laboral 32 Promoción social 321 Administración general de empleo y formación 321A Dirección y servicios generales de Economía, Empresas y Empleo
ANEXO I CLASIFICACIÓN FUNCIONAL Y DE PROGRAMAS
ELABORACIÓN DEL ANTEPROYECTO DE PRESUPUESTOS GENERALES DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA PARA 2019
AÑO XXXVII Núm. 110 6 de junio de 2018 15553
322 Promoción del empleo 322A Relaciones Laborales 322B Fomento y gestión del empleo 322C Orientación e intermediación en el mercado de trabajo 323 Promoción sociocultural 323A Promoción y servicios de la juventud 323B Promoción de la mujer 324 Formación profesional no reglada 324A Formación profesional para el empleo 324B Programas mixtos de formación y empleo
Grupo de función 4 PRODUCCIÓN DE BIENES PÚBLICOS DE CARÁCTER SOCIAL
41 Sanidad 411 Administración general de Sanidad 411A Dirección y servicios generales de Sanidad 411B Gestión y administración sanitaria 412 Hospitales, servicios asistenciales y centros de salud 412C Selección y formación del personal sanitario 412D Atención integrada de la salud 412E Planificación, atención a la salud e instituciones sanitarias 413 Acciones públicas relativas a la salud 413A Epidemiología y promoción de la salud 413B Sanidad ambiental e higiene de los alimentos 413C Inspección sanitaria 413D Calidad y humanización de la asistencia sanitaria 42 Educación 421 Administración general de educación 421A Dirección y servicios generales de Educación, Cultura y Deportes 421B Formación permanente del profesorado e innovación educativa 422 Enseñanza 422A Educación infantil y primaria 422B Educación secundaria, formación profesional y enseñanzas de régimen especial 422C Enseñanza universitaria 422D Atención a la diversidad 422F Educación permanente de adultos 423 Promoción educativa 423A Promoción educativa 43 Ordenación del territorio, urbanismo y vivienda 431 Vivienda 431A Promoción de la vivienda 432 Ordenación del territorio y urbanismo 432A Gestión del urbanismo 432B Planificación territorial y sostenibilidad 44 Medio ambiente y bienestar comunitario 441 Recursos hidráulicos 441B Coordinación hidrológica 442 Medio ambiente 442B Ordenación y conservación del medio natural 442C Gestión y protección de espacios naturales 442D Calidad ambiental 442E Promoción y educación ambiental 442F Evaluación ambiental y cambio climático 443 Otros servicios de bienestar comunitario 443B Protección, formación y defensa de los consumidores
ELABORACIÓN DEL ANTEPROYECTO DE PRESUPUESTOS GENERALES DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA PARA 2019
AÑO XXXVII Núm. 110 6 de junio de 2018 15554
45 Cultura y deportes 452 Libros, archivos y bibliotecas 452A Libros, archivos y bibliotecas 455 Promoción y gestión cultural 455A Gestión cultural 457 Deportes y educación física 457A Infraestructura, fomento y apoyo al deporte 458 Patrimonio histórico y museos 458A Patrimonio artístico y museos 46 Otros servicios comunitarios y sociales 461 Comunicación social y participación ciudadana 461A Elecciones
Grupo de función 5 PRODUCCIÓN DE BIENES PÚBLICOS DE CARÁCTER ECONÓMICO
51 Infraestructuras básicas y transportes 511 Administración general de infraestructuras básicas y transportes 511A Dirección y servicios generales de Fomento 512 Saneamiento y abastecimiento de aguas 512A Creación de infraestructura hidráulica 513 Transporte terrestre 513A Creación de infraestructuras de carreteras 513B Conservación y explotación de carreteras 513C Ordenación e inspección del transporte 52 Comunicaciones 521 Comunicaciones 521A Telecomunicaciones 521B Desarrollo de la sociedad de la información 53 Infraestructuras agrarias 531 Reforma agraria 531A Regadíos y explotaciones agrarias 54 Investigación científica, técnica y aplicada 541 Investigación científica, técnica y aplicada 541B Investigación, innovación y desarrollo tecnológico 541C Investigación y experimentación agraria 541E Investigación sanitaria 541F Fomento de la innovación tecnológica 541H Investigación agroalimentaria y forestal 541I Cartografía
Grupo de función 6 REGULACIÓN ECONÓMICA DE CARÁCTER GENERAL 61 Regulación económica 611 Administración general de economía y hacienda 611A Dirección y servicios generales de Hacienda y Admnistraciones Públicas 612 Política económica, presupuestaria y fiscal 612B Programación y control presupuestario 612C Control interno y contabilidad pública 612D Administración del patrimonio 612E Economía y gestión de fondos europeos 613 Gestión del sistema tributario 613A Gestión tributaria 63 Regulación financiera 631 Gestión financiera 631A Gestión financiera
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633 Imprevistos y situaciones transitorias 633A Imprevistos y funciones no clasificadas 633B Fondo de contingencia de ejecución presupuestaria 633C Fondo de reserva para deuda pública
Grupo de función 7 REGULACIÓN ECONÓMICA DE SECTORES PRODUCTIVOS 71 Agricultura, ganadería y pesca 711 Administración general de agricultura, ganadería y pesca 711A Dirección y servicios generales de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural 713 Mejora de las estructuras agrarias y de los sistemas productores 713A Producción vegetal 713B Producción animal 716 Ordenación agroalimentaria 716A Cooperativismo, comercialización e industrialización agraria 717 Desarrollo rural 717A Promoción y desarrollo rural 718 Política agraria comunitaria 718A Política agraria comunitaria 72 Industria y energía 722 Actuaciones en política industrial y energética 722A Política industrial y energética 724 Desarrollo empresarial 724A Competitividad Empresarial 75 Turismo y comercio 751 Turismo, artesanía y comercio 751B Promoción exterior 751C Ordenación y promoción del turismo 751D Ordenación y promoción del la artesanía 751E Ordenación y promoción del comercio
Grupo de función 0 DEUDA PÚBLICA 01 Deuda Pública 011 Deuda pública de la Comunidad Autónoma y de sus organismos autónomos 011A Deuda pública
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SECCIÓN O. GESTOR PROGRAMA
01 Cortes de Castilla-La Mancha 111A Actividad Legislativa
04 CONSEJO CONSULTIVO 01 Consejo Consultivo 112B Alto Asesoramiento de la Comunidad Autónoma
06 DEUDA PUBLICA 01 Deuda Pública 011A Deuda Pública
07 CRÉDITOS CENTRALIZADOS 01 Créditos Centralizados 633B Fondo de Contingencia de Ejecución Presupuestaria 633C Fondo de Reserva para Deuda Pública
11 PRESIDENCIA DE LA JUNTA 01 Presidencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha 112A Dirección y Servicios Generales de Presidencia 02 Vicepresidencia Primera de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha 112A Dirección y Servicios Generales de Presidencia 126F Transparencia y Participación 03 Vicepresidencia Segunda de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha 112A Dirección y Servicios Generales de Presidencia 04 Secretaría General de Presidencia 112A Dirección y Servicios Generales de Presidencia 05 Dirección General de Relaciones Institucionales y Asuntos Europeos 112A Dirección y Servicios Generales de Presidencia 131A Coordinación de Asuntos Europeos 06 Dirección General de Comunicación 112A Dirección y Servicios Generales de Presidencia 126C Medios de Comunicación 07 Dirección General de Promoción Institucional 126C Medios de Comunicación 08 Dirección General de Coordinación y Planificación 112A Dirección y Servicios Generales de Presidencia 09 Consejera encargada de la Coordinación del Plan de Garantías Ciudadanas 112A Dirección y Servicios Generales de Presidencia
70 INSTITUTO DE LA MUJER 01 Instituto de la Mujer 323B Promoción de la Mujer
15 HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS 02 Secretaría General 611A Dirección y Servicios Generales de Hacienda y Administraciones Públicas 612D Administración del Patrimonio
ANEXO II CLASIFICACIÓN ORGÁNICA
02 CORTES DE CASTILLA-LA MANCHA
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SECCIÓN O. GESTOR PROGRAMA
03 Viceconsejería de Administración Local y Coordinación Administrativa 121C Relación y Coordinación con las Corporaciones Locales 126A Diario Oficial 126D Calidad de los Servicios 461A Elecciones 04 Dirección General de Presupuestos 612B Programación y Control Presupuestario 633A Imprevistos y Funciones No Clasificadas 05 Intervención General 612C Control Interno y Contabilidad Pública 06 Dirección General de Tributos y Ordenación del Juego 126E Ordenación del Juego 613A Gestión Tributaria 07 Dirección General de Política Financiera, Tesorería y Fondos Comunitarios 612E Economía y Gestión de Fondos Europeos 631A Gestión Financiera 08 Dirección General de la Función Pública 121B Administración de la Función Pública 121D Selección y Formación del Personal de la Administración Regional 09 Dirección General de Protección Ciudadana 221A Protección Ciudadana
17 FOMENTO 02 Secretaría General 511A Dirección y Servicios Generales de Fomento 03 Dirección General de Carreteras y Transportes 513A Creación de Infraestructuras de Carreteras 513B Conservación y Explotación de Carreteras 513C Ordenación e Inspección del Transporte 06 Dirección General de Vivienda y Urbanismo 431A Promoción de la Vivienda 432A Gestión del Urbanismo 07 Dirección General de Planificación Territorial y Sostenibilidad 432B Planificación Territorial y Sostenibilidad 541I Cartografía 10 Dirección General de Telecomunicaciones y Nuevas Tecnologías 521A Telecomunicaciones 521B Desarrollo Sociedad de la Información
56 AGENCIA DEL AGUA DE CASTILLA-LA MANCHA 01 Agencia del Agua de Castilla-La Mancha 441B Coordinación Hidrológica 512A Creación de Infraestructura Hidráulica
18 EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES 02 Secretaría General 421A Dirección y Servicios Generales de Educación, Cultura y Deportes 421B Formación Permanente del Profesorado e Innovación Educativa 422A Educación Infantil y Primaria 422B Educación Secundaria, Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial 422D Atención a la Diversidad 422F Educación Permanente de Adultos $ 3URPRFLyQ (GXFDWLYD
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SECCIÓN O. GESTOR PROGRAMA
03 Viceconsejería de Educación, Universidades e Investigación 421A Dirección y Servicios Generales de Educación, Cultura y Deportes 04 Dirección General de Recursos Humanos y Planificación Educativa 421A Dirección y Servicios Generales de Educación, Cultura y Deportes 421B Formación Permanente del Profesorado e Innovación Educativa 422A Educación Infantil y Primaria 422B E. Secundaria, Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial 422D Atención a la Diversidad 422F Educación Permanente de Adultos 423A Promoción Educativa 07 Dirección General de Universidades, Investigación e Innovación 422C Enseñanza Universitaria 541B Investigación, Innovación y Desarrollo Tecnológico 08 Viceconsejería de Cultura 126B Servicio de Publicaciones 452A Libros, Archivos y Bibliotecas 455A Gestión Cultural 458A Patrimonio Artístico y Museos 09 Dirección General de Juventud y Deportes 323A Promoción y Servicios de la Juventud 457A Infraestructura, Fomento y Apoyo al Deporte
19 ECONOMÍA, EMPRESAS Y EMPLEO 02 Secretaría General 321A Dirección y Servicios Generales de Economía, Empresas y Empleo 03 Viceconsejería de Empleo y Relaciones Laborales 322C Orientación e Intermediación en el Mercado de Trabajo 07 Dirección General de Industria, Energía y Minería. 722A Política Industrial y Energética 08 Dirección General de Programas de Empleo 322B Fomento y Gestión del Empleo 09 Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral 315A Seguridad Laboral 322A Relaciones Laborales 324A Formación Profesional para el Empleo 324B Programas mixtos de Formación y Empleo 11 Dirección General de Empresas, Competitividad e Internacionalización 541F Fomento de la Innovación Tecnológica 724A Competitividad Empresarial 12 Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía 751C Ordenación y Promoción del Turismo 751D Ordenación y Promoción de la Artesanía 751E Ordenación y Promoción del Comercio
55 INSTITUTO DE PROMOCIÓN EXTERIOR DE CASTILLA-LA MANCHA (IPEX) 01 Instituto de Promoción Exterior de Castilla-La Mancha 751B Promoción Exterior
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SECCIÓN O. GESTOR PROGRAMA
21 AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO RURAL 02 Secretaría General 521B Desarrollo de la Sociedad de la Información 711A Dirección y Servicios Generales de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural 718A Política Agraria Comunitaria 03 Dirección General de Desarrollo Rural 531A Regadíos y Explotaciones Agrarias 541C Investigación y Experimentación Agraria 717A Promoción y Desarrollo Rural 718A Política Agraria Comunitaria 04 Dirección General de Agricultura y Ganadería 442D Calidad Ambiental 713A Producción Vegetal 713B Producción Animal 718A Política Agraria Comunitaria 05 Dirección General de Industrias Agroalimentarias y Cooperativas 716A Cooperativismo, Comercialización e Industrialización Agraria 718A Política Agraria Comunitaria 10 Dirección General de Política Forestal y Espacios Naturales 442B Ordenación y Conservación del Medio Natural 442C Gestión y Protección de Espacios Naturales 718A Política Agraria Comunitaria 12 Viceconsejería de Medio Ambiente 442D Calidad Ambiental 442E Promoción y Educación Ambiental 442F Evaluación Ambiental y Cambio Climático
51 INSTITUTO REGIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO AGROALIMENTARIO Y FORESTAL DE CASTILLA-LA MANCHA (IRIAF) 01 Instituto Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario y Forestal de Castilla-La Mancha 541B Investigación, Innovación y Desarrollo Tecnológico 541H Investigación agroalimentaria y forestal
26 SANIDAD 02 Secretaría General 411A Dirección y Servicios Generales de Sanidad 06 Dirección General de Salud Pública y Consumo 413A Epidemiología y Promoción de la Salud 413B Sanidad Ambiental e Higiene de los Alimentos 443B Protección, Formación y Defensa de los Consumidores 09 Dirección General de Planificación, Ordenación e Inspección Sanitaria 412E Planificación, Atención a la Salud e Instituciones Sanitarias 413C Inspección Sanitaria 10 Dirección General de Calidad y Humanización de la Asistencia Sanitaria 413D Calidad y Humanización de la Asistencia Sanitaria 541E Investigación Sanitaria
61 SERVICIO DE SALUD DE CASTILLA-LA MANCHA (SESCAM) 02 Secretaría General 411B Gestión y Administración Sanitaria 412D Atención Integrada de la Salud 521B Desarrollo de la Sociedad de la Información
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SECCIÓN O. GESTOR PROGRAMA
03 Dirección General de Asistencia Sanitaria 411B Gestión y Administración Sanitaria 412C Selección y Formación del Personal Sanitario 412D Atención Integrada de la Salud 04 Dirección General de Recursos Humanos 411B Gestión y Administración Sanitaria 412C Selección y Formación del Personal Sanitario
27 BIENESTAR SOCIAL 02 Secretaría General 311A Dirección y Servicios Generales de Bienestar Social 03 Dirección General de Atención a la Dependencia 313H Atención a la Dependencia 04 Dirección General de Mayores y Personas con Discapacidad 313C Atención a las Personas con Discapacidad 313D Atención a las Personas Mayores 05 Dirección General de Acción Social y Cooperación 312A Pensiones y Prestaciones Asistenciales 313A Programas Sociales Básicos 313F Cooperación al Desarrollo 07 Dirección General de las Familias y Menores 313B Prevención y Apoyo a las Familias 313E Atención y Acompañamiento al Menor
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ANEXO III CLASIFICACIÓN ECONÓMICA DE LOS GASTOS PÚBLICOS
CAPÍTULO I. GASTOS DE PERSONAL
Artículo 10. Altos cargos
100 Retribuciones básicas y otras remuneraciones de altos cargos 10000 Retribuciones básicas 10001 Otras remuneraciones
Artículo 11. Personal eventual
110 Retribuciones básicas y otras remuneraciones del personal eventual 11000 Retribuciones básicas 11001 Otras remuneraciones
Artículo 12. Funcionarios (excepto docentes y de instituciones sanitarias)
120 Retribuciones básicas 12000 Sueldos del Subgrupo A1 y Grupo A 12001 Sueldos del Subgrupo A2 y Grupo B 12002 Sueldos del Subgrupo C1 y Grupo C 12003 Sueldos del Subgrupo C2 y Grupo D 12004 Sueldos de personal de agrupaciones profesionales y Grupo E 12007 Funcionarios interinos para programas temporales 12008 Antigüedad 12009 Sustituciones. Retribuciones básicas
121 Retribuciones complementarias 12100 Complemento de destino 12101 Complementos específicos 12102 Otros complementos 12107 Funcionarios interinos para programas temporales 12109 Sustituciones. Retribuciones complementarias 12148 Complemento por incapacidad temporal
129 Otras retribuciones 12900 Retribuciones en especie 12903 Asignación por destino en el extranjero 12908 Otras 12909 Sustituciones. Otras retribuciones
Artículo 13. Laborales (excepto de instituciones sanitarias)
130 Retribuciones básicas del personal laboral 13000 Sueldos del Grupo I 13001 Sueldos del Grupo II 13002 Sueldos del Grupo III 13003 Sueldos del Grupo IV 13004 Sueldos del Grupo V 13008 Antigüedad 13009 Sustituciones. Retribuciones básicas 13010 Otras retribuciones básicas
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131 Retribuciones complementarias del personal laboral 13101 Complementos específicos 13102 Otros complementos 13103 Otros complementos. Cambio de turno 13109 Sustituciones. Retribuciones complementarias 13148 Complemento por incapacidad temporal
132 Retribuciones del personal laboral eventual por circunstancias de la producción y por obra o servicio 13200 Retribuciones básicas 13208 Antigüedad 13210 Retribuciones complementarias
138 Personal contratado de investigación 13800 Personal contratado de investigación 13809 Complemento por incapacidad temporal
139 Otras retribuciones 13900 Retribuciones en especie 13903 Asignación por destino en el extranjero 13908 Otras 13909 Sustituciones. Otras retribuciones del personal laboral
Artículo 15. Incentivos al rendimiento
150 Productividad 15000 Productividad
151 Gratificaciones 15100 Gratificaciones
152 Incentivos al rendimiento del personal de instituciones sanitarias 15200 Productividad Tipo I 15210 Productividad Tipo II 15220 Productividad Tipo III 15290 Otros incentivos al rendimiento
Artículo 16. Cuotas, prestaciones y gastos sociales a cargo del empleador
160 Cuotas sociales 16000 Seguridad Social 16001 Pago delegado
162 Gastos y prestaciones sociales de personal funcionario y otro (excepto conceptos 163,167 y 168) 16200 Indemnizaciones por jubilación anticipada 16201 Indemnizaciones por traslado 16202 Formación y perfeccionamiento 16204 Transporte del personal 16205 Acción social 16206 Seguros 16207 Prestaciones incapacidad temporal. Pago delegado 16208 Prestaciones incapacidad temporal. A cargo del empleador 16209 Otros 16212 Formación y perfeccionamiento con facturación 16214 Transporte del personal con facturación
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16216 Seguros con facturación 16219 Otros con facturación
163 Gastos y prestaciones sociales de personal laboral (excepto de instituciones sanitarias) 16300 Indemnizaciones por jubilación anticipada 16301 Indemnizaciones por traslado 16302 Formación y perfeccionamiento 16304 Transporte del personal 16305 Acción social 16306 Seguros 16309 Otros 16312 Formación y perfeccionamiento con facturación 16314 Transporte del personal con facturación 16316 Seguros con facturación 16319 Otros con facturación
167 Gastos y prestaciones sociales de personal docente 16700 Indemnizaciones por jubilación anticipada 16701 Indemnizaciones por traslado 16702 Formación y perfeccionamiento 16704 Transporte del personal 16705 Acción social 16706 Seguros 16709 Otros 16712 Formación y perfeccionamiento con facturación 16714 Transporte del personal con facturación 16716 Seguros con facturación 16719 Otros con facturación
168 Gastos y prestaciones sociales de personal de instituciones sanitarias 16800 Formación del personal 16801 Ayudas para estudio 16807 Prestaciones incapacidad temporal. Pago delegado 16808 Prestaciones incapacidad temporal. A cargo del empleador 16810 Formación del personal con facturación 16811 Ayudas para estudio con facturación 16820 Transporte del personal 16821 Transporte del personal con facturación 16840 Acción social 16850 Seguros 16851 Seguros con facturación 16890 Otros 16891 Otros con facturación
Artículo 17. Personal docente
170 Retribuciones básicas 17000 Sueldos del Subgrupo A1 y Grupo A 17001 Sueldos del Subgrupo A2 y Grupo B 17008 Antigüedad 17009 Sustituciones. Retribuciones básicas
171 Retribuciones complementarias 17100 Complemento de destino 17101 Componente general del complemento específico
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17102 Componente singular del complemento específico. Por desempeño de órganos de gobierno unipersonales y por desempeño de puestos de trabajo docentes singulares 17104 Componente singular del complemento específico. Función de inspección educativa 17105 Complemento específico por formación permanente 17108 Otras retribuciones complementarias 17109 Sustituciones. Retribuciones complementarias 17148 Complemento por Incapacidad Temporal
172 Profesores de religión 17200 Retribuciones básicas 17201 Retribuciones complementarias 17208 Otras retribuciones 17209 Sustituciones 17248 Complemento por Incapacidad Temporal
179 Otras retribuciones 17900 Retribuciones en especie 17908 Otras 17909 Sustituciones. Otras retribuciones de personal docente
Artículo 18. Personal de instituciones sanitarias
180 Retribuciones básicas personal funcionario, estatutario y no laboral 18000 Sueldos del Subgrupo A1 y Grupo A (excepto personal de cupo) 18001 Sueldos del Subgrupo A1 y Grupo A (personal de cupo) 18010 Sueldos del Subgrupo A2 y Grupo B (excepto personal de cupo) 18011 Sueldos del Subgrupo A2 y Grupo B (personal de cupo) 18020 Sueldos del Subgrupo C1 y Grupo C 18030 Sueldos del Subgrupo C2 y Grupo D 18040 Sueldos personal de agrupaciones profesionales y Grupo E 18050 Antigüedad
181 Retribuciones complementarias personal funcionario, estatutario y no laboral 18100 Complemento de destino 18110 Complemento específico. Personal no sanitario 18111 Complemento específico. Personal facultativo 18112 Complemento específico. Personal sanitario no facultativo 18113 Complemento específico por turnicidad de personal sanitario no facultativo 18114 Complemento específico por turnicidad de personal no sanitario 18120 Indemnización por residencia 18130 Complemento de atención continuada. Personal sanitario facultativo 18131 Complemento de atención continuada. Personal sanitario no facultativo 18132 Complemento de atención continuada. Personal no sanitario 18133 Complemento de atención continuada. Personal de cupo preintegrado 18141 Complementos transitorios absorbibles 18142 Retribuciones complementarias de cupo 18143 Complemento de carrera 18148 Complemento por Incapacidad Temporal 18149 Otros complementos
182 Otras retribuciones. Personal funcionario, estatutario y no laboral 18200 Otras retribuciones. Personal funcionario, estatutario y no laboral
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185 Retribuciones de otro personal estatutario temporal 18500 Sueldos del Subgrupo A1 y Grupo A. Sustituciones 18501 Sueldos del Subgrupo A1 y Grupo A. Personal Estatutario Eventual 18510 Sueldos del Subgrupo A2 y Grupo B. Sustituciones 18511 Sueldos del Subgrupo A2 y Grupo B. Personal Estatutario Eventual 18520 Sueldos del Subgrupo C1 y Grupo C. Sustituciones 18521 Sueldos del Subgrupo C1 y Grupo C. Personal Estatutario Eventual 18530 Sueldos del Subgrupo C2 y Grupo D. Sustituciones 18531 Sueldos del Subgrupo C2 y Grupo D. Personal Estatutario Eventual 18540 Sueldos del personal de agrupaciones profesionales y Grupo E. Sustituciones 18541 Sueldos del personal de agrupaciones profesionales y Grupo E. Personal Estatutario Eventual 18548 Complemento por Incapacidad Temporal 18550 Antigüedad 18560 Retribuciones complementarias. Sustituciones 18561 Retribuciones complementarias. Personal Estatutario Eventual 18562 Complemento específico por turnicidad. Personal sanitario no facultativo 18563 Complemento específico por turnicidad. Pesonal no sanitario 18564 Complemento atención continuada. Personal sanitario facultativo 18565 Complemento atención continuada. Personal sanitario no facultativo 18566 Complemento atención continuada. Personal no sanitario
186 Personal laboral fijo de Instituciones Sanitarias 18600 Retribuciones básicas y otras remuneraciones 18609 Sustituciones. Retribuciones básicas y otras remuneraciones 18648 Complemento por Incapacidad Temporal
187 Personal laboral eventual 18700 Retribuciones básicas y otras remuneraciones 18709 Sustituciones. Retribuciones básicas y otras remuneraciones 18748 Complemento por Incapacidad Temporal
188 Personal contratado de investigación 18800 Personal contratado de investigación 18848 Complemento por Incapacidad Temporal
189 Personal en formación en ciencias de la salud 18900 Sueldos Subgrupo A1 y Grupo A 18910 Sueldos Subgrupo A2 y Grupo B 18930 Complemento atención continuada. Personal sanitario facultativo 18931 Complemento atención continuada. Personal sanitario no facultivo 18948 Complemento por Incapacidad Temporal 18949 Otros complementos: Grado de formación 18950 Antigüedad
CAPÍTULO II. GASTOS EN BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS
Artículo 20. Arrendamientos y cánones
200 Terrenos y bienes naturales
202 Edificios y otras construcciones
203 Maquinaria, instalaciones y utillaje
204 Elementos de transporte
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205 Mobiliario y enseres
206 Equipos para procesos de información
208 Otro inmovilizado material
209 Cánones Artículo 21. Reparaciones, mantenimiento y conservación
210 Infraestructura y bienes naturales
212 Edificios y otras construcciones
213 Maquinaria, instalaciones y utillaje
214 Elementos de transporte
215 Mobiliario y enseres
216 Equipos para procesos de información
218 Otro inmovilizado material
Artículo 22. Material, suministros y otros
220 Material de oficina 22000 Ordinario no inventariable 22001 Prensa, revistas, libros y otras publicaciones 22002 Material informático no inventariable
221 Suministros 22100 Energía eléctrica 22101 Agua 22102 Gas 22103 Combustible 22105 Productos alimenticios 22107 Impresos y efectos timbrados por tributos cedidos 22108 Material deportivo, didáctico y cultural 22109 Otros suministros 22110 Productos farmacéuticos 22111 Asociación de donantes de sangre 22112 Hemoderivados 22113 Productos farmacéuticos de la red hospitalaria 22114 Antivirales para hepatitis C 22120 Instrumental y pequeño utillaje sanitario 22140 Lencería 22141 Vestuario 22160 Implantes 22161 Material del laboratorio 22162 Material de radiología 22163 Material de medicina nuclear 22164 Otro material sanitario 22180 Banco de sangre
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222 Comunicaciones 22200 Telefónicas 22201 Postales 22202 Telegráficas 22203 Télex y telefax 22204 Informáticas 22209 Otras
223 Transportes
224 Primas de seguros 22400 Edificios y locales 22401 Vehículos 22408 Otro inmovilizado 22409 Otros riesgos
225 Tributos 22500 Locales 22501 Autonómicos 22502 Estatales
226 Gastos diversos 22601 Atenciones protocolarias y representativas 22602 Divulgación y campañas institucionales 22603 Jurídico-contenciosos 22604 Actividades culturales 22605 Remuneraciones a agentes mediadores independientes 22606 Reuniones, conferencias y cursos 22607 Oposiciones y pruebas selectivas 22608 Gastos de edición y distribución 22609 Otros 22612 Promoción institucional con medios propios 22613 Jurídico-contenciosos con facturación 22616 Reuniones, conferencias y cursos con facturación 22619 Otros con facturación 22640 Gastos derivados de asistencia religiosa 22650 Cuotas de asociación
227 Trabajos realizados por otras empresas y profesionales 22700 Limpieza y aseo 22701 Seguridad 22702 Valoraciones y peritajes 22703 Postales 22704 Custodia, depósito y almacenaje 22705 Procesos electorales 22706 Estudios y trabajos técnicos 22707 Servicios contratados de lavandería 22708 Gastos derivados de asistencia a procesos electorales 22709 Otros 22710 Estudios y proyectos de investigación 22719 Otros con facturación 22720 Actividades científicas y generales 22730 Informes, dictámenes y honorarios profesionales 22750 Servicios contratados y de comedor 22760 Servicios contratados administrativos 22770 Ayudas y becas de investigación y estudio
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22781 Servicios de gestión de prestaciones 22782 Servicios de carácter informático
228 Precios públicos
229 Gastos de funcionamiento de centros docentes públicos 22900 Gastos de funcionamiento de centros docentes públicos 22901 Otros gastos de funcionamiento 22902 Garantías ciudadanas: Becas comedor escolar
Artículo 23. Indemnizaciones por razón del servicio
230 Dietas y locomoción 23000 A personal funcionario y no laboral 23001 A personal laboral 23010 A personal funcionario y no laboral con facturación 23011 A personal laboral con facturación
232 Traslado 23200 A personal funcionario y no laboral 23201 A personal laboral 23210 A personal funcionario y no laboral con facturación 23211 A personal laboral con facturación
233 Otras indemnizaciones 23300 A personal funcionario y no laboral 23301 A personal laboral 23310 A personal funcionario y no laboral con facturación 23311 A personal laboral con facturación
Artículo 24. Prestación de servicios sociales con medios ajenos
241 Con instituciones del Estado
242 Con otras comunidades autónomas
243 Con entes territoriales
244 Con otras instituciones
245 Con entidades privadas 24500 Con entidades privadas 24501 Turismo y termalismo social 24502 Gestión de plazas residenciales
Artículo 25. Prestación asistencia sanitaria con medios ajenos
250 Procedimientos de hospitalización 2500A Hospitalización de media y larga estancia 2500B Hospitalización salud mental 2500Z Otros procedimientos de hospitalización
251 Procedimientos quirúrgicos 2510A Procedimientos quirúrgicos generales 2510B Cirugía cardiaca
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252 Procedimientos de diagnóstico 2520A Endoscopia 2520B Ultrasonido 2520C Tomográfica computerizada 2520D Resonancia magnética 2520E Medicina nuclear 2520F Radiología especial 2520Z Otros procedimientos de diagnóstico
253 Hemodiálisis 2530A Hemodiálisis en centros hospitalarios 2530B Club diálisis 2530C Domiciliaria
254 Terapias respiratorias 2540A Terapias respiratorias
255 Procedimientos terapeúticos 2550A Procedimientos de radioterapia 2550B Otros gastos de terapias oncológicas 2550C FIV-Fecundación In Vitro 2550D Rehabilitación-fisioterapia 2550E Foniatría-Logopedia 2550F Litotricia renal extracorpórea 2550Z Otros procedimientos terapeúticos
256 Transporte sanitario 2560A Transporte sanitario terrestre 2560B Transporte sanitario aéreo 2560Z Otro transporte sanitario
257 Otras prestaciones de asistencia sanitaria 2570A Reintegro gastos de asistencia sanitaria 2570B Convenios con universidades: plazas vinculadas 2570C Acuerdos con entes territoriales para la prestación de asistencia sanitaria 2570Z Otros servicios de asistencia sanitaria
CAPÍTULO III. GASTOS FINANCIEROS
Artículo 30. De Deuda pública
300 Intereses 30000 A largo plazo 30001 A corto plazo
301 Gastos de emisión, modificación y cancelación
Artículo 31. De préstamos en moneda nacional
310 Intereses 31000 A largo plazo 31001 A corto plazo
311 Gastos de emisión, modificación y cancelación 31100 Gastos de formalización, modificación y cancelación
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Artículo 32. De préstamos en moneda extranjera
320 Intereses
321 Gastos de formalización, modificación y cancelación
322 Diferencias de cambio
Artículo 33. De depósitos, fianzas y otros
330 Intereses de depósitos
331 Intereses de fianzas
332 Intereses de demora
339 Otros gastos financieros
CAPÍTULO IV. TRANSFERENCIAS CORRIENTES
Artículo 40. A la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
Artículo 41. A organismos autónomos de la Junta Artículo 42. A empresas públicas de la Junta y otros entes públicos Artículo 43. A la Administración del Estado, organismos autónomos, empresas públicas y otros entes públicos estatales
Artículo 44. A la Seguridad Social
Artículo 45. A comunidades autónomas Artículo 46. A corporaciones locales
Artículo 47. A empresas privadas
Artículo 48. A familias e instituciones sin fin de lucro Artículo 49. Al exterior
CAPÍTULO V. FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS IMPREVISTOS
Artículo 50. Dotación al Fondo de Contingencia de ejecución presupuestaria
501 Fondo de Contingencia de ejecución presupuestaria
Artículo 51. Dotación al Fondo de Reserva para deuda pública
510 Fondo de Reserva para deuda pública Artículo 52. Otros Imprevistos
520 Otros Imprevistos
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CAPÍTULO VI. INVERSIONES REALES Artículo 60. Proyectos de inversión nueva
600 Terrenos y bienes naturales 60000 Solares de naturaleza urbana 60001 Suelo para construcción de viviendas de protección oficial 60002 Suelo para planes urbanísticos 60009 Otros terrenos no urbanos
601 Inversiones gestionadas para otros entes públicos 60100 Inversiones gestionadas para otros entes públicos 60111 Inversiones gestionadas para otros entes públicos. Expropiaciones
602 Edificios y otras construcciones 60200 Edificios y otras construcciones 60201 Grupos de viviendas
603 Maquinaria, instalaciones y utillaje 60300 Maquinaria 60301 Instalaciones técnicas 60302 Utillaje
604 Elementos de transporte
605 Mobiliario y enseres
606 Equipos para procesos de información
607 Bienes destinados al uso general 60700 Bienes naturales 60701 Infraestructuras y bienes destinados al uso general 60702 Bienes del patrimonio histórico, artístico y cultural 60711 Infraestructuras y bienes destinados al uso general . Expropiaciones
608 Otro inmovilizado material 60800 Otro inmovilizado material 60801 Otro inmovilizado material de centros docentes
609 Inmovilizado inmaterial 60900 Gastos de investigación y desarrollo 60901 Propiedad industrial 60902 Aplicaciones informáticas 60903 Propiedad intelectual 60904 Derechos sobre bienes en régimen de arrendamiento financiero 60909 Otro inmovilizado inmaterial 60912 Aplicaciones informáticas sin facturación
Artículo 61. Proyectos de inversión de reposición
611 Inversiones gestionadas para otros entes públicos 61100 Inversiones gestionadas para otros entes públicos 61111 Inversiones gestionadas para otros entes públicos. Expropiaciones
612 Edificios y otras construcciones
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61200 Edificios y otras construcciones 61201 Grupos de viviendas 61202 Garantías ciudadanas: Parque público de viviendas
613 Maquinaria, instalaciones y utillaje 61300 Maquinaria 61301 Instalaciones técnicas 61302 Utillaje
614 Elementos de transporte
615 Mobiliario y enseres
616 Equipos para procesos de información
617 Bienes destinados al uso general 61700 Bienes naturales 61701 Infraestructuras y bienes destinados al uso general 61702 Bienes del patrimonio histórico, artístico y cultural 61711 Infraestructuras y bienes destinados al uso general . Expropiaciones
618 Otro inmovilizado material 61800 Otro inmovilizado material 61801 Otro inmovilizado material de centros docentes
619 Inmovilizado inmaterial 61900 Gastos de investigación y desarrollo 61901 Propiedad industrial 61902 Aplicaciones informáticas 61903 Propiedad intelectual 61904 Derechos sobre bienes en régimen de arrendamiento financiero 61909 Otro inmovilizado inmaterial
CAPÍTULO VII. TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
Artículo 70. A la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
Artículo 71. A organismos autónomos de la Junta
Artículo 72. A empresas públicas de la Junta y otros entes públicos
Artículo 73. A la Administración del Estado, organismos autónomos, empresas públicas y otros entes públicos estatales
Artículo 74. A la Seguridad Social
Artículo 75. A comunidades autónomas
Artículo 76. A corporaciones locales
Artículo 77. A empresas privadas
Artículo 78. A familias e instituciones sin fin de lucro
Artículo 79. Al exterior
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CAPÍTULO VIII. ACTIVOS FINANCIEROS
Artículo 82. Concesión de préstamos
820 A corto plazo 82000 A personal funcionario y no laboral 82001 A personal laboral 82002 A la mejora de la vivienda 82003 A concesionarios 82004 A corporaciones locales y otros entes públicos 82005 Otros préstamos y anticipos concedidos 82007 Préstamos a microempresas: capital circulante
821 A largo plazo 82100 A personal funcionario y no laboral 82101 A personal laboral 82102 A la mejora de la vivienda 82103 A concesionarios 82104 A corporaciones locales y otros entes públicos 82105 Otros préstamos y anticipos concedidos 82106 Préstamos a ayuntamientos. Polígonos industriales 82107 Préstamos a microempresas: capital circulante
Artículo 83. Constitución de depósitos y fianzas
830 Depósitos constituidos
831 Fianzas constituidas
Artículo 84. Adquisición de acciones, obligaciones y bonos
840 De empresas públicas de la Junta
841 De empresas privadas
842 De otras empresas públicas
CAPÍTULO IX. PASIVOS FINANCIEROS Artículo 90. Amortización de Deuda
900 Amortización de deuda a corto plazo
901 Amortización de deuda a largo plazo
Artículo 91. Amortización de préstamos en moneda nacional
910 Amortización de préstamos recibidos a corto plazo 91000 Amortización de préstamos recibidos a corto plazo de entes de fuera del sector público 91001 Amortización de préstamos recibidos a corto plazo de entes de dentro del sector público
911 Amortización de préstamos recibidos a largo plazo 91100 Amortización de préstamos recibidos a largo plazo de entes de fuera del sector público
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91101 Amortización de préstamos recibidos a largo plazo de entes de dentro del sector público
Artículo 92. Amortización de préstamos en moneda extranjera
920 Amortización de préstamos recibidos a corto plazo
921 Amortización de préstamos recibidos a largo plazo
Artículo 93. Devolución de depósitos y fianzas recibidas
930 Devolución de depósitos 931 Devolución de fianzas
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ANEXO IV CLASIFICACIÓN ECONÓMICA DE LOS INGRESOS PÚBLICOS
OPERACIONES CORRIENTES
CAPÍTULO I: IMPUESTOS DIRECTOS
Artículo 10. Sobre la renta
100 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 10000 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Entregas a cuenta 10001 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Liquidación de ejercicios anteriores
Artículo 11. Sobre el capital
110 Impuesto sobre sucesiones y donaciones 11000 Impuesto sobre sucesiones y donaciones de ejercicios anteriores 11001 Impuesto sobre sucesiones 11002 Impuesto sobre donaciones
111 Impuesto sobre el patrimonio 11100 Impuesto sobre el patrimonio
112 Impuesto sobre actividades que inciden en el medio ambiente 11200 Impuesto sobre actividades que inciden en el medio ambiente
113 Impuesto sobre Depósitos en las Entidades de Crédito 11300 Impuesto sobre Depósitos en las Entidades de Crédito
Artículo 19. Otros impuestos directos
190 Impuesto sobre diversos aprovechamientos 19000 Impuesto sobre aprovechamientos cinegéticos 19009 Otros aprovechamientos
CAPÍTULO II: IMPUESTOS INDIRECTOS
Artículo 20. Transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados
200 Sobre transmisiones intervivos 20000 Impuesto sobre transmisiones intervivos de ejercicios anteriores 20001 Impuesto sobre transmisiones patrimoniales onerosas 20002 Impuesto sobre operaciones societarias
201 Sobre actos jurídicos documentados 20100 Impuesto sobre actos jurídicos documentados
Artículo 21. Sobre el juego
211 Sobre las actividades del juego 21100 Impuesto sobre las actividades del juego
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Artículo 22. Sobre consumos específicos
220 Impuestos especiales 22000 Sobre determinados medios de transporte 22001 Impuesto especial sobre la cerveza. Entregas a cuenta 22003 Impuesto especial sobre productos intermedios. Entregas a cuenta 22004 Impuesto especial sobre el alcohol y bebidas derivadas. Entregas a cuenta 22005 Impuesto especial sobre hidrocarburos. Entregas a cuenta 22006 Impuesto especial sobre las labores del tabaco. Entregas a cuenta 22007 Impuesto especial sobre la electricidad. Entregas a cuenta 22008 Otros impuestos especiales 22009 Tipo autonómico del impuesto especial sobre hidrocarburos 22010 Impuestos especiales. Liquidación de ejercicios anteriores 22011 Impuesto especial sobre la cerveza. Liquidación de ejercicios anteriores 22013 Impuesto especial sobre productos intermedios. Liquidación de ejercicios anteriores 22014 Impuesto especial sobre el acohol y bebidas derivadas. Liquidación de Ejercicios anteriores 22015 Impuesto especial sobre hidrocarburos. Liquidación de ejercicios anteriores 22016 Impuesto especial a las labores del tabaco. Liquidación de ejercicios anteriores 22017 Impuesto especial sobre la electricidad. Liquidación de ejercicios anteriores
Artículo 23. Sobre el valor añadido
230 Impuesto sobre el valor añadido 23000 Impuesto sobre el valor añadido. Entregas a cuenta 23001 Impuesto sobre el valor añadido. Liquidación de ejercicios anteriores
Artículo 24. Impuestos medioambientales
240 Impuestos sobre actividades que inciden en el medio ambiente 24000 Impuesto sobre actividades que inciden en el medio ambiente
241 Impuestos sobre actividades generadoras de efectos adversos sobre el medio ambiente 24100 Canon eólico 24101 Canon termosolar
Artículo 28. Otros impuestos indirectos
280 Impuesto sobre la venta minorista de determinados hidrocarburos 28000 Impuesto sobre la venta minorista de determinados hidrocarburos. Tarifa estatal 28001 Impuesto sobre la venta minorista de determinados hidrocarburos. Tarifa Autonómica 289 Otros impuestos indirectos 28900 Otros impuestos indirectos
CAPÍTULO III: TASAS, PRECIOS PÚBLICOS Y OTROS INGRESOS
Artículo 30. Venta de bienes
AÑO XXXVII Núm. 110 6 de junio de 2018 15577
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300 Venta de publicaciones
301 Venta de productos agropecuarios
302 Venta de impresos de autoliquidación
303 Venta de cartones del bingo
309 Venta de otros bienes
Artículo 31. Prestación de servicios y precios públicos
310 Tarifas de publicidad
311 Derechos de matrícula en cursos y seminarios
312 Derechos de alojamiento, restauración y residencia
313 Entradas a museos, exposiciones y espectáculos
314 Derechos de plantación de viñedo
315 De asistencia sanitaria 31500 Al Sector Público 31501 Al Sector Privado 31502 A Entes y organismos internacionales 31503 A Entidades del sistema
318 Otros precios públicos
319 Otros ingresos por prestación de servicios
Artículo 32. Tasas
320 Tasas sobre el juego 32000 Tasa estatal sobre el juego: bingo 32001 Tasa estatal sobre el juego: máquinas recreativas 32002 Tasa estatal sobre el juego: casinos
321 Tasa estatal sobre rifas, tómbolas y combinaciones aleatorias
322 Tasas por dirección e inspección de obras
323 Tasas en materia de agricultura y medio ambiente 32300 Tasas en materia de agricultura 32301 Tasas en materia de medio ambiente
324 Tasas en materia de industria, energía y comercio 32400 Tasas en materia de industria y energía 32401 Tasas en materia de comercio
325 Tasas en materia de obras públicas, transporte, urbanismo y vivienda 32500 Tasas en materia de obras públicas y transporte 32501 Tasas en materia de vivienda y urbanismo
AÑO XXXVII Núm. 110 6 de junio de 2018 15578
ELABORACIÓN DEL ANTEPROYECTO DE PRESUPUESTOS GENERALES DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA PARA 2019
326 Tasas en materia de sanidad 32600 Tasas en materia sanidad 32601 Tasas de servicios veterinarios
327 Tasas en materia de educación
328 Tasas en materia de bienestar social
329 Otras tasas
Artículo 38. Reintegros de operaciones corrientes
380 De ejercicios cerrados
381 De presupuesto corriente
Artículo 39. Otros ingresos
390 Recargos y multas 39000 Recargo de apremio 39001 Intereses de demora 39002 Multas y sanciones 39003 Multas en materia de salud y prevención de riesgos laborales 39009 Otros
391 Diferencias en cambio
399 Ingresos diversos 39900 Ingresos diversos 39901 Ingresos por descuentos en facturación 39902 Medicamentos extranjeros
CAPÍTULO IV: TRANSFERENCIAS CORRIENTES
Artículo 40. De la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
400 De la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
Artículo 41. De organismos autónomos de la Junta
410 De organismos autónomos de la Junta
Artículo 42. De empresas públicas de la Junta y otros entes públicos
420 De empresas públicas de la Junta
421 De entidades públicas de la Junta
422 De universidades públicas
423 De fundaciones públicas regionales
429 De otros entes públicos
AÑO XXXVII Núm. 110 6 de junio de 2018 15579
ELABORACIÓN DEL ANTEPROYECTO DE PRESUPUESTOS GENERALES DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA PARA 2019
Artículo 43. De la Administración del Estado, organismos autónomos, empresas públicas y otros entes públicos estatales
430 Fondo de suficiencia
432 De diversos Ministerios
433 Otras transferencias
434 De organismos autónomos estatales
435 De empresas públicas estatales
436 De otros entes públicos estatales
Artículo 44. De la Seguridad Social
440 De la Seguridad Social
Artículo 45. De comunidades autónomas
450 De comunidades autónomas
Artículo 46. De corporaciones locales
460 De ayuntamientos
461 De diputaciones
469 Otras transferencias
Artículo 47. De empresas privadas
470 De empresas privadas
Artículo 48. De familias e instituciones sin fin de lucro
480 De familias e instituciones sin fin de lucro
Artículo 49. Del exterior
492 Fondo Europeo Agrario de Desarrollo Rural. FEADER
493 Fondo Europeo Agrario de Garantía. FEAGA
494 Fondo Social Europeo. FSE
499 Otras transferencias
CAPÍTULO V: INGRESOS PATRIMONIALES
Artículo 51. Intereses de anticipos y préstamos concedidos
510 Intereses de anticipos y préstamos concedidos a corto plazo
AÑO XXXVII Núm. 110 6 de junio de 2018 15580
ELABORACIÓN DEL ANTEPROYECTO DE PRESUPUESTOS GENERALES DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA PARA 2019
511 Intereses de anticipos y préstamos concedidos a largo plazo
Artículo 52. Intereses de depósitos
520 Intereses de cuentas bancarias
529 Intereses de otros depósitos
Artículo 54. Renta de bienes inmuebles
540 Alquileres y productos de inmuebles
541 Arrendamientos de fincas rústicas
549 Otras rentas
Artículo 55. Productos de concesiones y aprovechamientos especiales
550 De concesiones administrativas
551 Aprovechamientos agrícolas y forestales
559 Otras concesiones y aprovechamientos
Artículo 59. Otros ingresos patrimoniales
590 Otros ingresos patrimoniales
OPERACIONES DE CAPITAL
CAPÍTULO VI: ENAJENACIÓN DE INVERSIONES REALES
Artículo 60. De terrenos
600 Venta de solares de naturaleza urbana
601 Venta de suelo para construcción de viviendas con protección pública (VPP)
602 Venta de suelo para planes urbanísticos
603 Venta de terrenos no urbanos
Artículo 61. De las demás inversiones reales
610 Venta de viviendas
611 Venta de garajes y locales
612 Venta de maquinaria
613 Venta de instalaciones técnicas
AÑO XXXVII Núm. 110 6 de junio de 2018 15581
ELABORACIÓN DEL ANTEPROYECTO DE PRESUPUESTOS GENERALES DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA PARA 2019
614 Venta de utillaje
615 Venta de elementos de transporte
616 Venta de mobiliario y enseres
617 Venta de equipos para procesos de información
618 Venta de semovientes
619 Venta de otras inversiones reales
Artículo 68. Reintegros por operaciones de capital
680 De ejercicios cerrados 68000 De transferencias capital 68001 De inversiones reales
681 De presupuesto corriente 68100 De transferencias capital 68101 De inversiones reales
CAPÍTULO VII: TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
Artículo 70. De la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
700 De la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
Artículo 71. De organismos autónomos de la Junta
710 De organismos autónomos de la Junta
Artículo 72. De empresas públicas de la Junta y otros entes públicos
720 De empresas públicas de la Junta
721 De otros entes públicos
723 De Fundaciones Públicas Regionales
Artículo 73. De la Administración del Estado, organismos autónomos, empresas públicas y otros entes públicos estatales
730 Fondo de compensación interterritorial
731 Participación de las corporaciones locales en los tributos del Estado
732 De diversos Ministerios
733 Otras transferencias
734 De organismos autónomos estatales
735 De empresas públicas estatales
736 De otros entes públicos estatales
AÑO XXXVII Núm. 110 6 de junio de 2018 15582
ELABORACIÓN DEL ANTEPROYECTO DE PRESUPUESTOS GENERALES DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA PARA 2019
Artículo 74. De la Seguridad Social
740 De la Seguridad Social
Artículo 75. De comunidades autónomas
750 De comunidades autónomas
Artículo 76. De corporaciones locales
760 De ayuntamientos
761 De diputaciones
769 Otras transferencias
Artículo 77. De empresas privadas
770 De empresas privadas
Artículo 78. De familias e instituciones sin fin de lucro
780 De familias e instituciones sin fin de lucro
Artículo 79. Del exterior
790 Fondo Europeo de Desarrollo Regional. FEDER
791 Fondo de cohesión
792 Fondo Europeo Agrario de Desarrollo Rural. FEADER
793 Fondo Europeo Agrario de Garantía. FEAGA
794 Fondo Social Europeo
799 Otras transferencias
OPERACIONES FINANCIERAS
CAPÍTULO VIII: ACTIVOS FINANCIEROS
Artículo 82. Reintegro de préstamos concedidos
820 A corto plazo 82000 A personal funcionario y no laboral 82001 A personal laboral 82002 A la mejora de la vivienda 82003 A concesionarios 82004 A corporaciones locales y otros entes territoriales 82005 Otros préstamos y anticipos concedidos 82007 Préstamos a microempresas: capital circulante
821 A largo plazo 82100 A personal funcionario y no laboral
AÑO XXXVII Núm. 110 6 de junio de 2018 15583
ELABORACIÓN DEL ANTEPROYECTO DE PRESUPUESTOS GENERALES DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA PARA 2019
82101 A personal laboral 82102 A la mejora de vivienda 82103 A concesionarios 82104 A corporaciones locales y otros entes territoriales 82105 Otros préstamos y anticipos concedidos 82106 A ayuntamientos. Polígonos industriales 82107 Préstamos a microempresas: capital circulante
Artículo 83. Reintegro de depósitos y fianzas constituidas
830 Reintegro de depósitos
831 Reintegro de fianzas
Artículo 84. Enajenación de acciones, obligaciones y bonos
840 De empresas públicas de la Junta
841 De empresas privadas
842 Otras empresas públicas
Artículo 87. Remanente de tesorería
870 Remanente de tesorería
CAPÍTULO IX: PASIVOS FINANCIEROS
Artículo 90. Emisión de Deuda Pública
900 Emisión de deuda a corto plazo
901 Emisión de deuda a largo plazo
Artículo 91. Préstamos en moneda nacional
910 Préstamos recibidos a corto plazo 91000 Préstamos recibidos a c/p fuera del sector público regional 91001 Préstamos recibidos a c/p dentro del sector público regional
911 Préstamos recibidos a largo plazo 91100 Préstamos recibidos a l/p fuera del sector público regional 91101 Préstamos recibidos a l/p dentro del sector público regional
Artículo 92. Préstamos en moneda extranjera
920 Préstamos recibidos a corto plazo
921 Préstamos recibidos a largo plazo
Artículo 93. Depósitos y fianzas recibidos
930 Depósitos recibidos
931 Fianzas recibidas
AÑO XXXVII Núm. 110 6 de junio de 2018 15584
ANEXO V-A ACTUACIONES SUSCEPTIBLES DE COFINANCIAR CON FEDER, FSE, FSE-YEI, FEADER Y OTROS FONDOS E.I.E SECCION: 2019 P19-01
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA PROYECTO DE GASTO (PEP) FONDO DENOMINACION
PROPUESTA DE GASTO TOTAL
FEDER P.O. 2014-2020 000009005 P.O. FEDER 2014-2020 TOTAL FEDER FIRMA DE LA AUTORIDAD DE GESTIÓN DEL FONDO

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA PROYECTO DE GASTO (PEP) FONDO DENOMINACION
PROPUESTA DE GASTO TOTAL
FSE P.O. 2014-2020 000009006 P.O. FSE 2014-2020 TOTAL FSE FIRMA DE LA AUTORIDAD DE GESTIÓN DEL FONDO

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA PROYECTO DE GASTO (PEP) FONDO DENOMINACION
PROPUESTA DE GASTO TOTAL
FSE-YEI P.O. 2014-2020 000009007 P.O. FSE Y YEI 2014-2020 TOTAL FSE-YEI FIRMA DE LA AUTORIDAD DE GESTIÓN DEL FONDO

ELABORACIÓN DEL ANTEPROYECTO DE PRESUPUESTOS GENERALES DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA PARA 2019
AÑO XXXVII Núm. 110 6 de junio de 2018 15585
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
PROYECTO DE GASTO (PEP) FONDO DENOMINACION
PROPUESTA DE GASTO TOTAL
FEADER P.O. 2014-2020

TOTAL FEADER
FIRMA DE LA AUTORIDAD DE GESTIÓN DEL FONDO

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA PROYECTO DE GASTO (PEP) FONDO DENOMINACION
PROPUESTA DE GASTO TOTAL
OTROS FONDOS ESTRUCTURALES DE INVERSIÓN EUROPEA (FONDOS E.I.E) 00000XXXXX OTROS FONDOS E.I.E TOTAL OTROS FONDOS E.I.E. FIRMA DE LA AUTORIDAD DE GESTIÓN DEL FONDO
ELABORACIÓN DEL ANTEPROYECTO DE PRESUPUESTOS GENERALES DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA PARA 2019
AÑO XXXVII Núm. 110 6 de junio de 2018 15586
ANEXO V-B FICHA DE GASTO INICIAL COFINANCIADO CON FEADER, FEMP, OTROS FONDOS ESTRUCTURALES DE INVERSIÓN EUROPEA SECCION: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO RURAL 2019 P19-02
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
PROYECTO DE GASTO (PEP) FONDO DENOMINACION
PROPUESTA DE GASTO TOTAL
FEADER P.O. 2014-2020

TOTAL FEADER
FIRMA DE LA AUTORIDAD DE GESTIÓN DEL FONDO
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
PROYECTO DE GASTO (PEP) FONDO DENOMINACION
PROPUESTA DE GASTO TOTAL
FEMP P.O. 2014-2020
TOTAL FEMP
FIRMA DE LA AUTORIDAD DE GESTIÓN DEL FONDO
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
PROYECTO DE GASTO (PEP) FONDO DENOMINACION
PROPUESTA DE GASTO TOTAL
OTROS FONDOS ESTRUCTURALES DE INVERSIÓN EUROPEA (FONDOS E.I.E) TOTAL OTROS FONDOS E.I.E.
FIRMA DE LA AUTORIDAD DE GESTIÓN DEL FONDO
ELABORACIÓN DEL ANTEPROYECTO DE PRESUPUESTOS GENERALES DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA PARA 2019

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