Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.

BOE de 24 de diciembre de 2022

ANALISIS: algunos capítulos destacados

De los gastos de personal

De las pensiones públicas

De las operaciones financieras

Normas Tributarias

De los Entes Territoriales: CAPÍTULO I Entidades Locales

Disposición adicional vigésima sexta. Módulos para la compensación económica por la actuación de Jueces de Paz y Secretarios de Juzgados de Paz.

Disposición adicional vigésima séptima. Régimen retributivo de los miembros de las Corporaciones Locales

Disposición adicional octogésima cuarta. Subvenciones a las entidades locales por servicios de transporte colectivo urbano interior.

ANEXO I: Distribución de los créditos por programas

ANEXO II: Créditos Ampliables

ANEXO IV: Módulos económicos de distribución de fondos públicos para sostenimiento de centros concertados

ANEXO VIII: Consorcios y restantes Entidades del sector público administrativo

ANEXO XI: Fondos sin personalidad jurídica

MODIFICA:

Ley 8/1972, de 10 de mayo, de construcción, conservación y explotación de autopistas en régimen de concesión.

Ley 10/1975, de 12 de marzo, sobre Regulación de la Moneda Metálica.

Ley 50/1985, de 27 de diciembre, de incentivos regionales para la corrección de desequilibrios económicos interterritoriales.

Ley de Clases Pasivas del Estado, aprobado por el Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril.

Ley 20/1990, de 19 de diciembre, sobre Régimen Fiscal de las Cooperativas.

Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias.

Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias.

Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.

Ley 25/1998, de 13 de julio, de modificación del Régimen Legal de las Tasas Estatales y Locales y de Reordenación de las Prestaciones Patrimoniales de Carácter Público.

Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.

Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre.

Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, en las materias referentes a los incentivos fiscales en la imposición indirecta, la reserva para inversiones en Canarias y la Zona Especial Canaria, aprobado por Real Decreto 1758/2007, de 28 de diciembre.

Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2009.

Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010.

Ley 24/2011, de 1 de agosto, de contratos del sector público en los ámbitos de la defensa y de la seguridad.

Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.

Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad.

Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas.

Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.

Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para 2017.

Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018.

Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario.

Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales.

Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital.

Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, para la transposición de la Directiva (UE) 2019/1023 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, sobre marcos de reestructuración preventiva, exoneración de deudas e inhabilitaciones, y sobre medidas para aumentar la eficiencia de los procedimientos de reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas, y por la que se modifica la Directiva (UE) 2017/1132 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre determinados aspectos del Derecho de sociedades (Directiva sobre reestructuración e insolvencia).

TEXTO ORIGINAL
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Ley 30/2022, de 23 de diciembre, por la que se regulan el sistema de gestión de la Política Agrícola Común y otras materias conexas.

 ANALISIS:

Aplicación del sistema de gestión de las ayudas de la Política Agrícola Común (PAC)

Sistema de información de explotaciones agrícolas y ganaderas y de la producción agraria (SIEX)

Régimen de gestión y aplicación de penalizaciones a las ayudas de la Política Agrícola Común

Régimen sancionador en materia de ayudas de la política agrícola común

Régimen sancionador en materias agrarias conexas

Participación de agricultores y ganaderos en el mercado del CO2.

 MODIFICA:

Real Decreto 1164/2001, de 26 de octubre, por el que se establecen tarifas de acceso a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica.

Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de sanidad vegetal.

Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal.

24/2003, de 10 de julio, de la Viña y del Vino.

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

Ley 32/2007, de 7 de noviembre, para el cuidado de los animales, en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio.

Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.

Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.

Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.

Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.

TEXTO ORIGINAL
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LEY 9/2022, de 21 de diciembre, de la ciencia.
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Resolución de 15 de diciembre de 2022, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establecen los valores de los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución de electricidad de aplicación a partir del 1 de enero de 2023.
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Real Decreto 1029/2022, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre protección de la salud contra los riesgos derivados de la exposición a las radiaciones ionizantes

ANALISIS:

Comentarios:

El Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (Euratom) establece la necesidad de establecer normas de seguridad para proteger la salud de la población y de los trabajadores y asegurar su aplicación.

La Directiva 96/29/Euratom del Consejo de 1996 estableció las normas básicas de seguridad que se aplican en situaciones normales y de emergencia y ha sido complementada con directivas más específicas para proteger la salud frente a los riesgos derivados de las radiaciones ionizantes en exposiciones médicas, informar a la población sobre las medidas de protección sanitaria y el comportamiento a seguir en caso de emergencia radiológica, proteger a los trabajadores exteriores que pueden estar expuestos a radiaciones ionizantes en zonas controladas y controlar las fuentes radiactivas selladas de actividad elevada y las fuentes huérfanas con atención especial al gas radón en centros de trabajo.

Estas disposiciones son de obligado cumplimiento para los Estados miembros y deben ser transpuestas a sus respectivas legislaciones nacionales. El presente real decreto transpone parcialmente la Directiva 96/29/Euratom al derecho español.

REGLAMENTO SOBRE PROTECCIÓN DE LA SALUD CONTRA LOS RIESGOS DERIVADOS DE LA EXPOSICIÓN A LAS RADIACIONES IONIZANTES

(Ver Índice de contenidos)

Disposiciones generales.

Sistema de protección radiológica.

Situaciones de exposición planificada.

Principios fundamentales de protección ocupacional de los trabajadores expuestos, personas en formación y estudiantes.

Protección ocupacional de los trabajadores expuestos.

Prevención de la exposición.

Clasificación y delimitación de zonas.

Clasificación de trabajadores expuestos.

Información y formación.

Aplicación de medidas de protección radiológica.

Vigilancia y valoración de la exposición.

Protección para personas en formación y estudiantes.

Protección ocupacional de los trabajadores externos.

Protección radiológica de los miembros del público en circunstancias normales.

Situaciones de exposición de emergencias

Situaciones de exposición existente.

Optimización de la protección radiológica.

Intervenciones.

Exposición al radón.

Requisitos en los lugares de trabajo.

Plan nacional contra el radón.

Exposición a la radiación gamma emitida por los materiales de construcción.

Tripulación de aeronaves.

Régimen de inspección y régimen sancionador.

Autoridades competentes.

Prevención de riesgos laborales.

Transporte de material radiactivo.

Código Técnico de la Edificación.

Colaboración en materia de vigilancia de la exposición al radón en los lugares de trabajo

Declaración y registro de actividades laborales con exposición a la radiación natural.

Régimen de inspección y obligaciones del titular.

Procedimiento de declaración de las actividades a realizar por las empresas externas.

Límites de dosis al cristalino.

Estimación de las dosis por exposición interna.

Servicios de dosimetría personal de radón.

Anexo I. Magnitudes dosimétricas en el ámbito de la protección radiológica. Factores de ponderación de la radiación y de los tejidos. Magnitudes operacionales para la estimación de las dosis por exposición externa.

Anexo II. Justificación de nuevas clases o tipos de prácticas en relación con productos de consumo.

Anexo III. Estimación de dosis por exposición interna.

Anexo IV. Señalización de zonas.

Anexo V. Tipos de situaciones de exposición existente.

Anexo VI. Lista indicativa de tipos de materiales de construcción a tener en cuenta en relación con la radiación gamma emitida a que se refiere el artículo 80.

Anexo VII. Índices de concentración de actividad para la radiación gamma emitida por los materiales de construcción.

Anexo VIII. Lista de aspectos que deberán considerarse para la preparación del plan de acción nacional destinado a hacer frente a los riesgos a largo plazo derivados de las exposiciones al radón.

MODIFICA:

Reglamento sobre instalación y utilización de aparatos de rayos X con fines de diagnóstico médico, aprobado por Real Decreto 1085/2009, de 3 de julio.

TEXTO ORIGINAL

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Ley 26/2022, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del sector ferroviario.

ANALISIS:

Infraestructura ferroviaria

Red Ferroviaria de Interés General

Zona de dominio público, zona de protección y límite de edificación

Límite de edificación

Tasas y Cánones ferroviarios y precios derivados de la utilización de infraestructura

Traspaso de infraestructuras ferroviarias

Estudio de ancho de vía

Cobertura de telecomunicaciones en la red ferroviaria

ANEXO IV: Elementos de la infraestructura ferroviaria

MODIFICA:

Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario

Ley 9/2010, de 14 de abril, por la que se regula la prestación de servicios de tránsito aéreo, se establecen las obligaciones de los proveedores civiles de dichos servicios y se fijan determinadas condiciones laborales para los controladores civiles de tránsito aéreo

Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, sobre «Liquidación de situaciones pendientes sobre justiprecio y aprovechamientos urbanísticos en materia de autopistas

Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.

Decreto 137/1960, de 4 de febrero, por el que se convalida la tasa por gastos y remuneraciones en dirección e inspección de las obras.

TEXTO ORIGINAL

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Orden TED/1232/2022, de 2 de diciembre, por la que se actualizan los parámetros retributivos de las instalaciones tipo aplicables a determinadas instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos, a efectos de su aplicación al año 2022.

ANALISIS:

Parámetros retributivos de las instalaciones tipo aplicables al año 2022: retribución a la inversión, número de horas equivalentes de funcionamiento mínimo, umbral de funcionamiento y otros parámetros retributivos

Retribución a la operación y número de horas de funcionamiento máximo para la percepción de la retribución a la operación aplicable al año 2022 o al primer semestre de 2022 según corresponda

Incentivo a la inversión por reducción del coste de generación de las instalaciones tipo aprobadas por el anexo II de la Orden IET/1459/2014, de 1 de agosto, y por la Orden IET/2735/2015, de 17 de diciembre, aplicables al año 2022

Hipótesis de cálculo consideradas para la actualización de los parámetros retributivos

Listado de instalaciones tipo cuya vida útil regulatoria ha finalizado con anterioridad al inicio del año 2022

Parámetros considerados para el cálculo de los parámetros retributivos de las instalaciones tipo

TEXTO ORIGINAL

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Resolución de 23 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se resuelve subasta celebrada para el otorgamiento del régimen económico de energías renovables al amparo de lo dispuesto en la Orden TED/1161/2020, de 4 de diciembre.

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>

TEXTO ORIGINAL

Esta Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, expone los siguientes,

Fundamentos jurídicos que motivan la presente resolución:

Primero.

El Real Decreto 960/2020, de 3 de noviembre, por el que se regula el régimen económico de energías renovables para instalaciones de producción de energía eléctrica establece un marco retributivo para la generación de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, denominado régimen económico de energías renovables.

Conforme se indica en su artículo 4, mediante orden ministerial se regulará el mecanismo de subasta para el otorgamiento del régimen económico de energías renovables y las características de dicho régimen económico, pudiendo incluir, entre otros aspectos, las tecnologías, condiciones y garantías para participar en la subasta, el producto a subastar, así como los parámetros y el resto de elementos que configuran y concretan el régimen económico de energías renovables, concluyendo que las subastas serán convocadas mediante resolución de la persona titular de la Secretaría de Estado de Energía.

Asimismo, en virtud de los artículos 10 y 11 del Real Decreto 960/2020, de 3 de noviembre, la entidad administradora de la subasta es OMEL Diversificación, S.A.U., y la entidad supervisora de la subasta es la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.

Segundo.

Al amparo del artículo 4.1 del Real Decreto 960/2020, de 3 de noviembre, se aprobó la Orden TED/1161/2020, de 4 de diciembre, por la que se regula el primer mecanismo de subasta para el otorgamiento del régimen económico de energías renovables y se establece el calendario indicativo para el periodo 2020-2025.

Tercero.

De acuerdo con el artículo 4.2 del Real Decreto 960/2020, de 3 de noviembre, y el artículo 6 de la Orden TED/1161/2020, de 4 de diciembre, se aprobó la Resolución de 2 de agosto de 2022, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se convoca la cuarta subasta para el otorgamiento del régimen económico de energías renovables al amparo de lo dispuesto en la Orden TED/1161/2020, de 4 de diciembre.

Conforme se indica en su resuelvo tercero, se establece un cupo de 3.300 MW de potencia instalada, de acuerdo con la definición del artículo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, que podrá ser aumentado hasta un máximo de 3.498 MW, lo que supone que el porcentaje de exceso de cupo en el procedimiento de casación es del 6%.

Asimismo, esta Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico expone los siguientes,

Hechos que motivan la presente resolución:

Primero.

El 22 de noviembre de 2022 se celebró la cuarta subasta para el otorgamiento del régimen económico de energías renovables al amparo de lo dispuesto en la Orden TED/1161/2020, de 4 de diciembre.

Segundo.

Con fecha 22 de noviembre de 2022, la entidad administradora de la subasta puso los resultados provisionales de la misma a disposición de la entidad supervisora de la subasta, conforme se establece en el artículo 7.2.d) de la Orden TED/1161/2020, de 4 de diciembre.

Tercero.

Con fecha 22 de noviembre de 2022, la entidad supervisora de la subasta emitió el informe sobre la subasta, declarando que ésta se ha realizado de forma objetiva, transparente y no discriminatoria, conforme se establece en el artículo 7.2.e) de la Orden TED/1161/2020, de 4 de diciembre.

Cuarto.

Con fecha 22 de noviembre de 2022, la entidad administradora de la subasta remitió los resultados definitivos de la misma a la Dirección General de Política Energética y Minas, a quien corresponde dictar a partir de ellos la resolución por la que se resuelve la subasta, conforme se establece en el artículo 7.2.e) de la Orden TED/1161/2020, de 4 de diciembre.

Por lo anterior, esta Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 8.11 del Real Decreto 960/2020, de 3 de noviembre, resuelve:

Único.

Aprobar la relación de ofertas adjudicatarias de la cuarta subasta para la asignación del régimen económico de energías renovables que figura en el anexo I de la presente resolución, convocada mediante la Resolución de 2 de agosto de 2022, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se convoca la cuarta subasta para el otorgamiento del régimen económico de energías renovables al amparo de lo dispuesto en la Orden TED/1161/2020, de 4 de diciembre. El anexo II de la presente resolución recoge los principales parámetros que serán de aplicación a las ofertas adjudicatarias y que han sido establecidos en la normativa de referencia.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 11 de la Orden TED/1161/2020, de 4 de diciembre, los adjudicatarios dispondrán de un plazo de dos meses desde la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la presente resolución para presentar la solicitud de inscripción en el Registro electrónico del régimen económico de energías renovables en estado de preasignación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 13 de dicha orden y en los resuelvo octavo y noveno de la Resolución de 2 de agosto de 2022.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 24.9 del Real Decreto 960/2020, de 3 de noviembre, las solicitudes relativas a los distintos procedimientos relacionados con el Registro electrónico del régimen económico de energías renovables se presentarán exclusivamente por vía electrónica, con certificado electrónico, a través de la sede electrónica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, o directamente a través del siguiente enlace a la aplicación PERSES:

https://energia.serviciosmin.gob.es/Perses/.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría de Estado de Energía, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, dicho recurso deberá presentarse exclusivamente por vía electrónica, con certificado electrónico, a través de la aplicación accesible desde www.miteco.gob.es, en la sede electrónica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, o directamente a través del siguiente enlace:

https://sede.miteco.gob.es/portal/site/seMITECO/ficha-procedimiento?procedure_suborg_responsable=206&procedure_id=505&by=type.

Madrid, 23 de noviembre de 2022.–El Director General de Política Energética y Minas, Manuel García Hernández.

ANEXO I

Relación de ofertas adjudicatarias de la cuarta subasta para la asignación del régimen económico de energías renovables al amparo de lo dispuesto en la Orden TED/1161/2020, de 4 de diciembre

Nombre adjudicatario CIF adjudicatario Tecnología Subgrupo según artículo 2 del Real Decreto 413/2014 Código de la Unidad de Adjudicación Precio de adjudicación (euros/MWh) Potencia adjudicada (kW)
ELAWAN ENERGY, S.L. B85146215 Eólica terrestre. b.2.1 UA_22_11_00001 39,88 20.000
NEARCO RENOVABLES. B88006671 Eólica terrestre. b.2.1 UA_22_11_00002 45,01 10.000
NEARCO RENOVABLES. B88006671 Eólica terrestre. b.2.1 UA_22_11_00003 45,06 10.000
NEARCO RENOVABLES. B88006671 Eólica terrestre. b.2.1 UA_22_11_00004 45,12 5.500
  Total. 45.500

ANEXO II

Parámetros de aplicación a las ofertas adjudicatarias de la cuarta subasta para la asignación del régimen económico de energías renovables al amparo de lo dispuesto en la Orden TED/1161/2020, de 4 de diciembre

Tecnología Subgrupo según artículo 2 del Real Decreto 413/2014 Fecha límite de disponibilidad de la instalación

(1)

Fecha de expulsión del régimen económico de energías renovables

(1)

Fecha de inicio del plazo máximo de entrega

(1)

Fecha de finalización del plazo máximo de entrega Plazo máximo de entrega (años)

(1)

Número mínimo de horas equivalentes de funcionamiento anual

(2)

Número máximo de horas equivalentes de funcionamiento anual

(2)

Porcentaje de ajuste de mercado (3) Precio de exención de cobro (€/MWh)

(4)

Instalaciones con capacidad de gestión Instalaciones sin capacidad de gestión
Eólica terrestre. b.2.1 15/11/2025 15/12/2025 15/03/2026 15/03/2038 12 2.200 3.500 0,25 0,05 0
(1) Según se recoge en el resuelvo quinto de la Resolución de 2 de agosto de 2022, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se convoca la cuarta subasta para el otorgamiento del régimen económico de energías renovables al amparo de lo dispuesto en la Orden TED/1161/2020, de 4 de diciembre.

(2) Según se recoge en el anexo de la Orden TED/1161/2020, de 4 de diciembre, por la que se regula el primer mecanismo de subasta para el otorgamiento del régimen económico de energías renovables y se establece el calendario indicativo para el periodo 2020-2025.

(3) Según se recoge en el resuelvo sexto de la Resolución de 2 de agosto de 2022, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se convoca la cuarta subasta para el otorgamiento del régimen económico de energías renovables al amparo de lo dispuesto en la Orden TED/1161/2020, de 4 de diciembre.

(4) Según se recoge en el artículo 18.4 del Real Decreto 960/2020, de 3 de noviembre, por el que se regula el régimen económico de energías renovables para instalaciones de producción de energía eléctrica.

 

Resolución de 24 de noviembre de 2022, del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, M.P., por la que se publica la de 21 de noviembre de 2022, del Consejo de Administración, por la que se amplía el presupuesto del Real Decreto 691/2021, de 3 de agosto, para las subvenciones a otorgar a actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes, en ejecución del Programa de rehabilitación energética para edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000), incluido en el Programa de regeneración y reto demográfico del Plan de rehabilitación y regeneración urbana del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como su concesión directa a las comunidades autónomas.

El texto de estos Documentos, con los que puedan modificar o acompañar, se han incorporado a los contenidos ya existentes en el siguiente TÍTULO publicado y a su disposición:                                                             >

BOE  5 de diciembre de 2022

TEXTO ORIGINAL

A los efectos de dar publicidad a la Resolución de 21 de noviembre de 2022, del Consejo de Administración de la E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, M.P. (IDAE), por la que se amplía el presupuesto del Real Decreto 691/2021, de 3 de agosto, para las subvenciones a otorgar a actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes, en ejecución del programa de rehabilitación energética para edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000), incluido en el programa de regeneración y reto demográfico del plan de rehabilitación y regeneración urbana del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como su concesión directa a las comunidades autónomas, y de conformidad con lo previsto en el artículo 7.7 del Estatuto del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) aprobado por Real Decreto 18/2014, de 17 de enero, se ordena la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la resolución cuyo texto se inserta a continuación.

Madrid, 24 de noviembre de 2022.–La Secretaria de Estado de Energía y Presidenta del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, Sara Aagesen Muñoz.

Resolución de 21 de noviembre de 2022, del Consejo de Administración de la E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, M.P. (IDAE), por la que se amplía el presupuesto del Real Decreto 691/2021, de 3 de agosto, para las subvenciones a otorgar a actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes, en ejecución del Programa de rehabilitación energética para edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000), incluido en el Programa de regeneración y reto demográfico del Plan de rehabilitación y regeneración urbana del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como su concesión directa a las comunidades autónomas

Mediante Real Decreto 691/2021, de 3 de agosto, se regularon las subvenciones a otorgar a actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes, en ejecución del Programa de rehabilitación energética para edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000), incluido en el Programa de regeneración y reto demográfico del Plan de rehabilitación y regeneración urbana del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como su concesión directa a las comunidades autónomas.

Este programa está dotado con una cuantía inicial de 50.000.000 euros, con origen en el presupuesto del IDAE, conforme a la previa transferencia de fondos realizada al mismo por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, de acuerdo con lo previsto en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, en los que se ha consignado dotación en la partida 23.50.420B.748 «Al IDAE. Para la promoción de energías renovables, eficiencia energética y movilidad sostenible. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia».

El presupuesto anterior, distribuido entre los beneficiarios directos, comunidades autónomas, según se indica en el anexo II del citado Real Decreto, podrá ser ampliado, para aquellas comunidades autónomas que lo soliciten, si existiese disponibilidad presupuestaria y no hubiera expirado el plazo de vigencia que se producirá el 31 de diciembre de 2023, salvo que con anterioridad se hubiera agotado el presupuesto, conforme a las solicitudes de ayuda recibidas y se cumpliesen además las condiciones que se establecen en los artículos 7 y 13 del citado real decreto.

El Consejo de Administración del IDAE, de conformidad con lo dispuesto por el apartado 7 del artículo 7 del Real Decreto 691/2021, de 3 de agosto asignará a estas comunidades autónomas, los nuevos presupuestos que les pudiera corresponder, conforme a la disponibilidad presupuestaria existente, y al orden de solicitud realizada al IDAE a tal efecto, formalizándolo mediante resolución que será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

Por otra parte, tras la Comisión Consultiva de Ahorro y Eficiencia Energética, en su sesión celebrada el 26 de julio de 2022, acordó con las comunidades autónomas que, en los 15 primeros meses desde la aprobación de las Bases reguladoras, no se aprobaran ampliaciones de presupuesto superiores a las cantidades asignadas inicialmente en el Anexo II del RD 691/2021, de 3 de agosto, salvo que se tuviera un elevado grado de avance en la resolución de expedientes.

En este sentido, se ha recibido en el IDAE, solicitudes de ampliación de fondos por parte de los gobiernos de las comunidades autónomas de Cantabria, Comunidad Valenciana, Comunidad Foral de Navarra, Cataluña y Castilla y León, por un importe de 22.542.500 euros, tal y como se recoge a continuación:

– Del Gobierno de Cantabria, solicitando una ampliación de 925.000 euros del presupuesto actual, que asciende a 925.000 euros, lo que totalizaría 1.850.000 euros.

– De la Comunidad Valenciana, solicitando una ampliación de 3.182.500 euros del presupuesto actual, que asciende 3.182.500 euros, lo que totalizaría 6.365.000 euros.

– De la Comunidad Foral de Navarra, solicitando una ampliación de 1.707.500 euros del presupuesto actual, que asciende 1.707.500 euros, lo que totalizaría 3.415.000 euros.

– Del Gobierno de Cataluña, solicitando una ampliación de 5.782.500 euros del presupuesto actual, que asciende 5.782.500 euros, lo que totalizaría 11.565.000 euros.

– Del Gobierno de Castilla y León, solicitando una ampliación de 10.945.000 euros del presupuesto actual, que asciende 10.945.000 euros, lo que totalizaría 21.890.000 euros.

CC.AA. Solicitud de ampliación de presupuesto
Fecha solicitud Presupuesto solicitado

(€)

Cantabria. 07/10/2022 925.000,00
Comunidad Valenciana. 14/10/2022 3.182.500,00
Comunidad Foral de Navarra. 18/10/2022 1.707.500
Cataluña. 19/10/2021 5.782.500
Castilla y León. 02/11/2022 10.945.000
 Total. 22.542.500

Examinadas dichas solicitudes de ampliación, se ha verificado el cumplimiento de las condiciones establecidas por los apartados 5 y 6 del artículo 7 y 2, 3, 6 y 12 del artículo 13 en relación con lo dispuesto en el artículo 7 del Real Decreto 691/2021 de 3 de agosto, así como a los acuerdos a los que llegaron el IDAE con las comunidades autónomas en la Comisión Consultiva de Ahorro y Eficiencia Energética celebrada el 26 de julio de 2022.

Atendiendo a lo anteriormente expuesto, este Consejo de Administración, de acuerdo con las solicitudes formuladas, y conforme al apartado 7 del artículo 7 del Real Decreto 691/2021, de 3 de agosto, aprueba y autoriza lo siguiente:

Primero.

Ampliar del presupuesto establecido por el Real Decreto 691/2021, de 3 de agosto, por el que regulan las subvenciones a otorgar a actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes, en ejecución del Programa de rehabilitación energética para edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000), incluido en el Programa de regeneración y reto demográfico del Plan de rehabilitación y regeneración urbana del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como su concesión directa a las comunidades autónomas, en un importe de 22.542.500 euros adicionales, con cargo al presupuesto del IDAE, conforme a la previa transferencia de fondos realizada al mismo por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, de acuerdo con lo previsto en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, en los que se ha consignado dotación en la partida 23.50.420B.748 «Al IDAE. Para la promoción de energías renovables, eficiencia energética y movilidad sostenible. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia».

Segundo.

La aplicación del presupuesto ampliado se destina y asigna a cubrir las solicitudes de ampliación presentadas al IDAE por los gobiernos de las comunidades autónomas y por los importes que se relacionan a continuación:

CC.AA. Ayuda concedida y Presupuesto inicialmente asignado

(Anexo II al RD 691/2021) (€)

Ampliación concedida y nuevo presupuesto de ayuda otorgada

(€)

Total Presupuesto de ayuda otorgada

(€)

Cantabria. 925.000 925.000 1.850.000
Comunidad Valenciana (IVACE). 3.182.500 3.182.500 6.365.000
Comunidad Foral de Navarra. 1.707.500 1.707.500 3.415.000
Cataluña. 5.782.500 5.782.500 11.565.000
Castilla y León. 10.945.000 10.945.000 21.890.000
 Total. 22.542.500 22.542.500 45.085.000

Tercero.

Ordenar la publicación del texto íntegro de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado» y en la página web de este Instituto (www.idae.es).

 

Decreto-ley 11/2022, de 29 de noviembre, por el que se modifica la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía.

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